5 II PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 7. La demanda fue notificada al Estado y a los representantes los días 22 y 25 de junio de 2010, respectivamente. 8. Mediante Resolución de 15 de abril de 2010, el Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”) ordenó recibir la declaración de una perito rendida ante fedatario público (affidávit), y convocó a las partes a una audiencia pública para escuchar la declaración de la presunta víctima propuesta por los representantes, así como los alegatos orales de las partes sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo y reparaciones y costas, y además fijó plazo hasta el 16 de junio de 2011 para que las partes presentaran sus alegatos finales escritos. 9. El 5 de mayo de 2011 el representante remitió el peritaje de la señora Natalia Sergi. En esa misma fecha, mediante comunicación de la Secretaría, se concedió al Estado plazo hasta el 15 de mayo de 2011 para que presentara las observaciones que estimara pertinentes. El 12 de mayo de 2011 el Estado presentó algunas consideraciones sobre el referido peritaje. 10. La audiencia pública fue celebrada el 16 de mayo de 2011 durante el 43° Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la Ciudad de Panamá3. 11. El 15 de junio de 2011 los representantes remitieron sus alegatos finales, junto con varios anexos, y el 16 de junio de 2011 el Estado y la Comisión presentaron sus alegatos finales escritos. El 21 de junio de 2011 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, concedió un plazo adicional al Estado para que presentara la información solicitada por la Corte durante la audiencia pública, la cual fue remitida el 7 de julio de 2011. Además, en dicha comunicación se concedió a las partes un plazo hasta el 15 de julio de 2011 para que presentaran las observaciones que estimaran pertinentes, según sea el caso, a los anexos remitidos por los representantes y por el Estado junto su comunicación de 7 de julio de 2011. 12. Los días 14 y 15 de julio de 2011 el Estado y los representantes presentaron, respectivamente, las observaciones solicitadas, y la Comisión Interamericana las presentó el 19 de julio de 2011. El 21 de julio de 2011 una vez revisadas las observaciones de las partes, la Secretaría constató que el Estado incluyó en su escrito algunos alegatos y anexos que no habían sido requeridos, así como que el representante y la Comisión, si bien realizaron algunas observaciones a la información y a los anexos presentados por el Estado, también presentaron alegatos que no fueron requeridos. En consecuencia, siguiendo instrucciones del 3 A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana, Luz Patricia Mejía, Comisionada, Karla Quintana Osuna y Silvia Serrano Guzmán, Abogadas; b) por los representantes de la presunta víctima, Pedro Patiño-Mayer y Alurralde, y c) por el Estado, Alberto Javier Salgado, Director del Área Contencioso Internacional de la Dirección de Derechos Humanos, Agente Alterno; Julia Loreto, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación; Pilar Mayoral, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, y Ramiro Badia, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.

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