5
se dictan “medidas de atención, asistencia, y reparación integral a las víctimas del conflicto
armada interno”, y su Decreto Ley 4635 de 2011, mediante el cual se prevé la “asistencia,
atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a
comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”. Asimismo, reiteró que las
instancias gubernamentales responsables de garantizar la seguridad e implementar las
medidas de protección a favor los beneficiarios son la Decima Séptima Brigada del Ejército
Nacional y el Departamento de Policía de Urabá, quienes poseen jurisdicción en la zona y
brindan seguridad perimetral a las comunidades. Igualmente, destacó la labor del Programa
de Protección liderado por el entonces “Ministerio del Interior y de Justicia”, actualmente el
Ministerio del Interior, y el Comité de Riesgos y Evaluación de Riesgos (CRER), que de
conformidad con el Decreto 1740 de 2010 era el ente encargado de recomendar las medidas
de protección que considerara pertinentes en cada caso y su duración. Sin embargo, a partir
del Decreto 4912 de 2011, es el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de
Medidas (CERREM) de la Unidad Nacional de Protección, adscrita al Ministerio del Interior 4,
el encargado de evaluar e implementar las medidas a favor de los beneficiarios. Entre otras
entidades y programas asignadas con la implementación de medidas de protección, el
Estado resaltó a la Unidad de Protección, creada mediante Decreto 4065 de 2011, así como
el Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
7.
Asimismo, informó que en febrero y octubre de 2011 sesionó el entonces CRER y
formuló medidas de protección individual a favor de varios beneficiarios de las medidas
provisionales, entre ellos, Manuel Denis Blandón, Uriel Tuberquia y Luis Alberto Rentería.
Además, resaltó que se implementaron otras medidas de carácter individual a favor de Ligia
María Chaverra, Enrique Petro Hernández, y otros beneficiarios de las comunidades de
Jiguamiandó y Curvaradó 5 que habitan en las zonas humanitarias y de biodiversidad objeto
de las presentes medidas provisionales. El Estado señaló que entre las medidas
implementadas a favor de los beneficiarios 6 se encuentra el apoyo de transporte, teléfonos
celulares y satelitales, tiquetes aéreos nacionales, motocicletas, botes con motores fuera de
borda, chalecos anti balas y un esquema de protección colectivo. Dichas medidas se han
implementado con un enfoque diferencial teniendo en cuenta la situación geográfica de la
zona. El Estado también señaló que como medidas de naturaleza colectiva se han entregado
7 botes con motor fuera de borda, 70 redes de comunicación celular y 3 teléfonos
satelitales.
8.
Por otro lado, Colombia manifestó que en el marco de las reuniones de seguimiento
4
El Estado señaló que actualmente el ente encargado de la “formulación, adopción, dirección, coordinación
y ejecución de la política pública, planes, programas y proyectos en materia de derechos humanos” es el Ministerio
del Interior a través de las facultades otorgadas por el Decreto 2893 de 2011.
5
Luis Manuel Barba, Benjamín Sierra, Efrén Romaña Cuesta, Manuel Esteban Tapias, Adriana María
Tuberquia Tuberquia, Franklin Yáñez Licona, Nevis Antonio Yáñez Ortiz, Pedro Cortes Fabra, Sergio Emerito Díaz
Gonzalez, Sofanor Enrique Garavito Mercado, Liria Rosa García Giraldo, Luis Ovidio Rentería Robledo, Alfonso Salla
Lara, Rafael Enrique Truaquero Tuiran, Argemiro Bailarin Bailarin, Robinson Blandón Córdoba, Emilio Cabezas
Correa, Andrés Carmona Luna, Eladio Cordero Hernández, Regulo Córdoba Panneso, Segundo Cuadrado Ávila, Luis
Cuñapa, Javier Antonio Delgado, Jesús María Denis Rentería, Luis Vicencio Díaz, Miguel Díaz Acosta, Guillermo Díaz
Tapias, Eduardo Enrique Galván García, Meraldo López, Zenaida Edith Martínez Martínez, Belisario José Marzan
Montaño, Gonzalo Mena Murillo, Pedro Negrete Pérez, Hernando Olier Pautt, Overto Osorio Beltrán, Miguel Enrique
Páez Petro, Raúl Palacio Salas, Pedro Pablo Palacios Cuesta, Emilson Palacios Moreno, Luis Abraham Peñalosa
Mosquera, Jorge Andrés Quinto Córdoba, Eduardo Rentería Mena, Heber Alberto Rentería Mosquera, Hernando
Rentería Mosquera, Emir Eliecer Romaña Palomeque, Jaime Romaña Salinas, Luis Julio Sepúlveda, Euclides de
Jesús Trejos, Ariel Urango Correa, Dawinson Valoyes Moreno, Germán Marmolejo, Robinson Robledo Córdoba,
Adam Quinto, Jaime Beitar, Danilo Murillo Córdoba, Omar Gamel Rentería, Inelsa Baldón, Alberto Vitalino Mosquera
Zuñiga, Yasser Hold Mosquera Rentería, Eleume Narciso Ramos Ramos, José de las Mercedes Gonzales Bolaños,
Victor Pitalua Urango, Mario Manuel Castaño Bravo, Luis Fernando Murillo Areiza, Fredy Benitez Pestaña, Freddy
Manchego Urango, José Miguel Padilla Salgado y Emilio Enrique Cabezas Martínez.
6
Según el Estado, la Unidad Nacional de Protección ha implementado medidas individuales a favor de 73
beneficiarios de las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó.