RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 27 DE JULIO DE 2018 CASO MUELLE FLORES VS. PERÚ VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de las representantes1 (en adelante “las representantes”); el escrito de excepción preliminar y contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República del Perú (en adelante “Perú” o “el Estado”), así como los escritos de observaciones a la excepción preliminar interpuesta por el Estado presentados por la Comisión Interamericana y las representantes. 2. Las listas definitivas de declarantes presentadas por las partes y la Comisión y las correspondientes observaciones a dichas listas presentadas por el Estado y la Comisión. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de declarantes se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 48, 50, 51.11, 52.3, 57 y 58 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”). 2. La Comisión ofreció una declaración pericial. Las representantes ofrecieron las declaraciones de la presunta víctima y dos testigos, así como un peritaje. Adicionalmente, solicitaron el traslado de cuatro peritajes rendidos en los casos Canales Huapaya y otros y Trabajadores Cesados de Petroperú y otros, ambos contra Perú, respectivamente. El Estado ofreció una declaración pericial. 1 De conformidad con el artículo 37 del Reglamento de la Corte, la presunta víctima en este caso es representada por las Defensoras Públicas Interamericanas Renée Mariño Álvarez e Isabel Penido de Campos Machado, cuya designación para desempeñar esa función fue informada por la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF) a la Secretaría de la Corte el 20 de septiembre 2017.

Select target paragraph3