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18.
Que la Comisión Interamericana, los representantes y el Estado podrán presentar
ante el Tribunal sus alegatos finales orales sobre las excepciones preliminares y eventuales
fondo, reparaciones y costas en el presente caso, al término de las declaraciones de las
presuntas víctimas y los peritos.
*
*
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19.
Que de acuerdo con la práctica de este Tribunal la Comisión, los representantes y el
Estado podrán presentar sus alegatos finales escritos en relación con las excepciones
preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas en este caso, con posterioridad a la
finalización de la audiencia pública convocada en la presente Resolución.
Por tanto:
La Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
de conformidad con los artículos 24.1, 25.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los
artículos 4, 15.1, 25, 30.2, 42, 44, 45.3, 46, 48, 50, 51, 52, 54 y 55 del Reglamento de la
Corte, y en consulta con los demás Jueces del Tribunal,
Resuelve:
1.
Requerir, en ejercicio de la facultad que le otorga el artículo 50.3 del Reglamento,
que los señores Luis Alfonso Cabrera Hidalgo y Mónica Pinto, ofrecidos por la Comisión y
Eliseo Chitay Rodríguez, Gabriel Guerra, Claudia Elisa Sesem López, Julian Set, Pablo
Werner Ramírez, María Eugenia Morales Aceña de Sierra y Juan Diego Castrillón Orrego,
propuestos por los representantes, rindan la declaración, testimonios y peritajes,
respectivamente, ante fedatario público (affidávit). Dichas personas declararán sobre los
siguientes puntos:
Presunta víctima propuesta por los representantes
Eliseo Chitay Rodríguez, quien declarará sobre:
i) la desaparición forzada de su padre Florencio Chitay Nech, y
ii) las consecuencias que ha tenido en su persona y su familia.
Testigo propuesto por la Comisión
Luis Alfonso Cabrera Hidalgo, quien declarará sobre:
i) la alegada violencia desatada contra los dirigentes políticos, en especial los del
partido Democracia Cristiana Guatemalteca, durante el conflicto armado;
ii) la alegada vinculación y el trabajo de Florencio Chitay Nech con el partido
Democracia Cristiana Guatemalteca, y
iii) la denuncia pública del partido Democracia Cristiana Guatemalteca ante los
medios de comunicación sobre la desaparición de Florencio Chitay Nech.