-6celebración de una audiencia pública, respecto a las excepciones preliminares y eventuales
fondo, reparaciones y costas, para escuchar los alegatos finales orales de las partes, y las
observaciones finales orales de la Comisión respecto de dichos temas. Asimismo, mediante
dicha Resolución se ordenó recibir declaraciones rendidas ante fedatario público (afidávit) de
cuatro testigos y un perito, las cuales fueron presentadas por los representantes y la Comisión
los días 12 y 15 de abril de 2016, respectivamente. Las partes tuvieron oportunidad de
formular preguntas y observaciones a los declarantes ofrecidos por la contraparte y la
Comisión. Adicionalmente, mediante la referida resolución, se convocó a declarar en la
audiencia pública a una presunta víctima y un perito, ambos propuestos por los
representantes. La audiencia pública fue celebrada el 25 de agosto de 2016 durante el 55
Período Extraordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la Ciudad de México,
México3. En el curso de dicha audiencia los Jueces de la Corte solicitaron cierta información y
explicaciones.
10. Alegatos y observaciones finales escritos. - El 23, 25 y 26 de septiembre de 2016 las
partes y la Comisión presentaron sus alegatos y observaciones finales escritos,
respectivamente. Junto con sus alegatos finales escritos las partes presentaron parte de la
información, explicaciones y prueba para mejor resolver solicitadas por los jueces de este
Tribunal (supra párr. 9), así como determinada documentación. El 27 de septiembre de 2016
la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Presidente, solicitó a las partes y a la
Comisión que presentaran las observaciones que estimaran pertinentes sobre la referida
documentación.
11. Prueba e información para mejor resolver y prueba superviniente sobre gastos. – Los días
25 de febrero y 19 de julio de 2016 el Presidente de la Corte solicitó al Estado y a los
representantes la presentación de información y prueba para mejor resolver. Las partes
presentaron dicha información y documentación el 4 de marzo, 28 y 29 de julio y 11 agosto de
2016.
12. Observaciones a la información y prueba para mejor resolver y a la prueba superviniente
sobre gastos. – Las partes y la Comisión presentaron sus observaciones a la documentación
presentada por el Estado y los representantes (supra párr. 11) junto con sus alegatos y
observaciones finales escritos. Adicionalmente, los días 5 y 13 de octubre de 2016 el Estado y
la Comisión, respectivamente, presentaron sus observaciones a la documentación presentada
por los representantes y el Estado junto con sus alegatos finales escritos4.
13. Deliberación del presente caso. - La Corte inició la deliberación de la presente Sentencia el
23 de noviembre de 2016.
Comisión que contaban con un nuevo plazo hasta el 25 de septiembre de 2016 para presentar sus alegatos y
observaciones finales escritos, respectivamente.
3
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: José de Jesús Orozco Henríquez, Comisionado;
Silvia Serrano Guzmán, Asesora, y Jorge H. Meza Flores, Asesor; b) por las presuntas víctimas: César Duque, Asesor
Jurídico de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), y c) por el Estado: Ricardo Velasco, Agente Principal;
Carlos Espín Arias, Agente Alterno, y Daniela Ulloa Saltos, Agente Alterna.
4
Los representantes presentaron un escrito de observaciones a los alegatos finales escritos del Estado, pero no
realizaron observaciones específicas a los anexos aportados por el Estado con dicho escrito. Siguiendo instrucciones
del Presidente del Tribunal, se hizo notar a los representantes que el plazo otorgado para hacer observaciones “a los
anexos remitidos por el Estado” junto con sus alegatos finales escritos, “no constituía una nueva oportunidad procesal
para ampliar alegatos o para responder a los alegatos de la contraparte”. En consecuencia, se informó a los
representantes que dicho escrio era inadmisible en tanto no había sido solicitado por la Presidencia ni estaba
contemplado en el Reglamento del Tribunal.