RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 14 DE MARZO DE 2019
SOLICITUD
RESPECTO DE PARAGUAY
CASO ARROM SUHURT Y OTROS
VISTO:
1.
El escrito de 12 de diciembre de 2017, mediante el cual la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Comisión”) sometió ante la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”) el Caso Arrom Suhurt y otros Vs.
Paraguay.
2.
La Audiencia Pública celebrada el 7 de febrero de 2019 durante el 129 Período Ordinario
de Sesiones, en la sede de la Corte en San José, Costa Rica, en la cual se recibió la declaración
de Cristina Haydée Arrom Suhurt.
3.
Los escritos de 15 y 19 de febrero de 2019 y sus anexos, mediante los cuales el señor
Juan Arrom Suhurt en representación de las presuntas víctimas (en adelante “el
representante”) informó que se habría instaurado una querella en contra de la señora Cristina
Haydée Arrom Suhurt por lo declarado ante la Corte y solicitó la adopción de las medidas
pertinentes.
4.
El escrito de 20 de febrero de 2019 y sus anexos, mediante los cuales el representante
solicitó a la Corte medidas provisionales con la finalidad de que esta ordene al Estado de
Paraguay (en adelante “el Estado” o “Paraguay”) adoptar las medidas necesarias para
garantizar los derechos de la señora Cristina Haydée Arrom Suhurt en el contexto de la
demanda presentada en su contra.
5.
Los argumentos sobre los cuales el representante fundamentó su solicitud son los
siguientes:
a)
El 14 de febrero de 2019 el señor Esteban Aquino Bernal, Secretario Nacional de
Inteligencia, presentó una querella penal por difamación, calumnia e injuria en contra de
la declarante Cristina Haydée Arrom Suhurt por lo declarado por esta durante la Audiencia
El Juez Eugenio Raúl Zaffaroni se excusó de participar en el presente caso, conforme a lo dispuesto en el artículo
19.2 del Estatuto de la Corte y 21 de su Reglamento, lo cual fue aceptado por el Presidente mediante resolución de
16 de enero de 2019.
*