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Voto disidente Caso 12.578 (María Isabel Véliz Franco y otros c. Guatemala)
Debemos respetuosamente discrepar con la decisión mayoritaria de declarar la petición
inadmisible respecto a la alegada violación del artículo 11 (honra y dignidad). Las mujeres que han sido
sometidas a violencia y abuso sexual son muchas veces victimizadas de nuevo al retratarlas como
“merecedoras” de su cruel destino. Ellas, y muchas veces los miembros de sus familias, son atacadas
por su vestimenta, conducta, carácter, moral o comportamiento no conforme a las actitudes socialmente
prevalentes. Las mujeres y niñas se convierten en blanco de investigaciones en lugar del (los)
perpetrador(es). Luego de que esta niña de 15 años fuera asesinada, su reputación fue una de las pocas
cosas que quedaron de ella. Si los agentes estatales participaron en denigrar su reputación y su honra,
dicha conducta recae en las garantías del Artículo 11. La peticionaria puede no estar en condiciones de
probar en la etapa de fondo sus alegaciones de que los agentes estatales tacaron su reputación y la de
su hija, pero introdujo suficientes alegatos con información y documentación de soporte que le debería
haber permitido continuar hacia delante para intentar probar su reclamo.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 3 días del mes de noviembre de 2011.
(Firmado): Dinah Shelton, Presidenta; José de Jesús Orozco Henríquez, Primer Vicepresidente; Rodrigo
Escobar Gil, Segundo Vicepresidente; Paulo Sérgio Pinheiro, Felipe González, Luz Patricia Mejía Guerrero
y María Silvia Guillén, Miembros de la Comisión.
El que suscribe, Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 47 del Reglamento de la Comisión, certifica que el
presente es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH.
Santiago A. Canton
Secretario Ejecutivo
Nota.- Las Comisionadas Dinah Shelton y Luz Patricia Mejía votaron en disidencia con la decisión de la
mayoría de no contar con elementos de juicio suficientes para encontrar violaciones al artículo 11 de la
Convención. La Comisionada Shelton presentó su voto disidente.