-26- proceso de evaluación fue dejado sin efecto y se fijaron como nuevas fechas para la realización del mismo los días 24 y 25 de octubre de 199225. 89.13 El 6 de noviembre de 1992, quien actuaba como Presidente de la Comisión Administradora emitió dos resoluciones mediante las cuales fueron cesados 1110 funcionarios y servidores del Congreso – entre los cuales se encuentran las 257 presuntas víctimas: a) Resolución No. 1303-A-92-CACL, publicada el 31 de diciembre de 1992, mediante la cual fueron cesados “por causal de reorganización” los trabajadores que “decidieron no inscribirse al Concurso de Méritos y/o a quienes habiéndose inscrito no rindieron los exámenes correspondientes”, y b) Resolución No. 1303-B-92-CACL, publicada el 31 de diciembre de 1992, mediante la cual fueron cesados “por causal de reorganización y racionalización” los trabajadores “que no alcanzaron plaza vacante en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Congreso de la República”26. 89.14 El 31 de diciembre de 1992 la mayoría de los trabajadores que fueron cesados mediante las Resoluciones No. 1303-A-92-CACL y 1303-B-CACL recibieron cheques del Banco de la Nación que habrían correspondido al “pago de beneficios sociales del año 1992”. Entre dichas personas se encontrarían al menos 217 de las presuntas víctimas27. Las gestiones de algunos ex trabajadores en vía administrativa ante el Congreso 89.15 Los primeros días de enero de 1993 algunos trabajadores cesados presentaron un recurso de reconsideración ante el Presidente del llamado Congreso Constituyente Democrático, el cual “no fue atendido”. Posteriormente, dichos trabajadores presentaron un recurso de apelación “que tampoco fue atendido”. Luego les fue “ext[endida] la Resolución 1534-93-CCD/OGA-OPER y otras más, mediante las cuales se declara[ron] improcedentes sus medios impugnatorios en única y definitiva instancia, sin pronunciarse sobre el fondo de los mismos28”. 89.16 El 23 de marzo de 1993 la Resolución No. 052-93-CD/CCD “encargó a la Dirección Ejecutiva de Personal para que suscrib[iera], en única y definitiva instancia, las resoluciones correspondientes a los recursos impugnativos que present[ara]n los Cfr. “Análisis de la viabilidad de las Recomendaciones emitidas por las Comisiones Especiales de revisión de los ceses colectivos” en el Informe Final de marzo de 2002 de la Comisión Multisectorial, Ley No. 27586 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, folio 442). 25 Cfr. resoluciones 1303-A-92-CACL y 1303-B-92-CACL, ambas de 6 de noviembre de 1992, publicadas el 31 de diciembre de 1992, mediante las cuales cesan a funcionarios y servidores del Congreso de la República (expediente de anexos a la demanda, tomo I, anexo 12, folios 503 a 510). 26 27 Cfr. informe No. 182-2001/CR/DT/AP de 4 de diciembre de 2001 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, folios 4453, 4454, 4458, 4459, 4460 y 4479), e Informe 0132002-DT/CR emitido por el Departamento de Tesorería del Congreso de la República el 8 de enero de 2002 el 4 de diciembre de 2001 (expediente de prueba para mejor resolver presentada por el Estado, tomo 12, folio 4453). 28 Cfr. sentencia de 24 de noviembre de 1997 emitida por el Tribunal Constitucional (expediente de anexos a la demanda, tomo I, anexo 13, folios 512 y 513).

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