-449) Condenar a Nicolás Lucilo Benítez Santacruz […] a sufrir la pena de trece años y nueve meses de privación de libertad, que la tendrá cumplida el día 3 de octubre del 2004. Librar oficio a la Policía Nacional para su ejecución. […] 11) Declarar civilmente responsables a los citados condenados. […] 61.89 El 12 de diciembre de 2002, en vista de los recursos de apelación y nulidad interpuestos por Camilo Almada Morel y de Lucilo Benítez, así como por la señora Ana Arminda Bareiro de Mancuello, el Tribunal de Apelaciones en lo Criminal, Segunda Sala, además de desestimar el recurso de nulidad, resolvió, inter alia: Oficiar a la Dirección del Registro de Estado Civil de las Personas a fin de que remitan al Juzgado de origen el Certificado de Defunción de Pastor Milciades Coronel, a los efectos de proceder al archivamiento de la causa con respecto al mismo. Revocar los puntos 5º y 6º de la resolución apelada. Modificar la Sentencia Nº 12 de fecha 17 de abril de 2000 […] en el sentido de calificar la conducta de los encausados Alberto Buenaventura Cantero Domínguez y Agustín Belotto Vouga, incursándola dentro de las previsiones establecidas en el artículo 337 inc 2 y 3 [homicidio agravado por alevosía y ensañamiento], artículo 174 [abuso de autoridad] del Código Penal, debiendo graduarse la pena en base a lo dispuesto en el artículo 94 [los autores morales y materiales sufrirán íntegras las penas establecidas por este Código para la infracción cometida] del Código Penal y en consecuencia, Condenar los encausados Alberto Buenaventura Cantero […] y Agustín Belotto Vouga a la pena privativa de libertad de quince años, en virtud de las argumentaciones vertidas en la presente resolución. Librar oficio a la Policía Nacional para su ejecución. Confirmar los demás puntos de la sentencia apelada. […] 61.90 El 11 de febrero de 2003 el Tribunal de Apelaciones en lo Criminal Segunda Sala concedió los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra la sentencia de 12 de diciembre de 2002 y remitió los autos a la Corte Suprema de Justicia, la cual acordó, en 2004, “pasar los autos para sentencia”. 61.91 Al momento de la emisión de la presente sentencia, en este proceso penal los encausados Francisco Alcibíades Brítez Borges y Ramón Saldívar y el condenado Pastor Milciades Coronel habían muerto. Respecto de los otros cuatro encausados que habían sido detenidos y condenados, las sentencias condenatorias quedaron firmes respecto de Agustín Belotto Vouga y Alberto Buenaventura Cantero, de quienes no consta si gozan de libertad condicional. Por otro lado, la defensa de Camilo Almada Morel y Lucilo Benítez habían presentado recursos de nulidad y apelación, que se encuentran pendientes ante la Corte Suprema de Justicia, la cual no había dictado sentencia. La causa se encontraba abierta respecto de Eusebio Torres, Salvador Mendoza, Sabino Augusto Montanaro y Alfredo Stroessner Matiauda, aunque es de conocimiento público que este último falleció el 16 de agosto de 2006 en la ciudad de Brasilia, Brasil. Respecto del proceso penal abierto en el caso de los hermanos Benjamín y Rodolfo Ramírez Villalba 61.92 El 8 de noviembre de 1989, el señor Julio Darío Ramírez Villalba promovió querella criminal por los supuestos delitos de secuestro, privación ilegítima de libertad, abuso de autoridad, torturas y doble homicidio, en perjuicio de Rodolfo Ramírez Villalba y Benjamín Ramírez Villalba. Asimismo, solicitó que se admitiera la querella criminal promovida en contra del señor Sabino Augusto Montanaro, Francisco Albiades Brítez Borges, Pastor Milciades Coronel, Alberto Buenaventura Cantero, Lucilo Benítez, Camilo Almada Morel, Juan Aniceto

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