RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 5 DE ABRIL DE 2022
CASO MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN COLECTIVO DE ABOGADOS
“JOSÉ ALVEAR RESTREPO” VS. COLOMBIA
VISTO:
1.
El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo No. 57/19 de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “Comisión Interamericana” o
“Comisión”); los escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de
solicitudes y argumentos”) presentados, respectivamente, por la Corporación Colectivo de
Abogados “José Alvear Restrepo” y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional,
conjuntamente (en adelante “CAJAR y CEJIL”), y por la señora Dora Lucy Arias Giraldo (en
adelante también “Dora Arias” o “señora Arias”), en representación de las presuntas víctimas,
y el escrito de interposición de excepciones preliminares y contestación al sometimiento del
caso e Informe de Fondo y a los escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante
“escrito de contestación”) de la República de Colombia (en adelante también “Estado”, “Estado
colombiano” o “Colombia”), así como la documentación anexa a dichos escritos.
2.
Los escritos de 18 de agosto y de 3 de septiembre de 2021, por medio de los cuales la
Comisión, CAJAR y CEJIL, y la señora Dora Arias, respectivamente, presentaron sus
observaciones a las excepciones preliminares opuestas por el Estado.
3.
Los escritos de 18 de octubre de 2021, mediante los cuales la Comisión, el Estado y
CAJAR y CEJIL, y la señora Dora Arias, respectivamente, presentaron sus listas definitivas de
declarantes.
4.
El escrito de 2 de noviembre de 2021, por medio del cual CAJAR y CEJIL remitieron sus
observaciones a las listas de declarantes presentadas. El mismo día el Estado presentó sus
observaciones a las listas de declarantes, a la vez que recusó al perito propuesto por la
Comisión y a otros peritos propuestos por CAJAR y CEJIL. En la misma fecha la Comisión y la
señora Arias informaron que no formularían observaciones al respecto.
5.
La comunicación de 9 de noviembre de 2021, mediante la cual Ángela Ospina Rincón,
Gabriel Rueda Cifuentes, Rocío Clarisa Lemus Rodríguez, José Luis Blanco Núñez, Lucía del
Pilar Dueñas Barreto, Helena Manrique Charro y Yaneth Reina Otero, peritas y peritos
propuestos por CAJAR y CEJIL, remitieron sus observaciones respecto de la recusación
promovida por el Estado en su contra. Los días 10 y 12 de noviembre del mismo año remitieron
sus observaciones, respectivamente, Federico Andreu Guzmán, Eric Sottas y David Kaye,
peritos también propuestos por CAJAR y CEJIL. Por su parte, Claudio Grossman, perito
propuesto por la Comisión, remitió el 16 de noviembre de 2021 sus observaciones ante la
recusación que Colombia promovió en su contra.