en la Organización Mundial contra la Tortura; d) otra noticia de 2008 refiere que el señor Sottas “manifest[ó] su apoyo con la situación del CAJAR”, así como “lament[ó] las indicaciones y la estigmatización de los defensores”; e) en un comunicado de prensa en el que “se narran amenazas recibidas por el CAJAR con fecha 22 de abril de 2010”, el experto aparece como contacto de prensa en nombre de la Organización Mundial contra la Tortura; f) en una nota de prensa de 2 de septiembre de 2010, disponible en el sitio web de la referida Organización, se “condena los mensajes y declaraciones calumniosos en contra del Colectivo de Abogados ‘José Alvear Restrepo’ (CAJAR) durante una concentración frente” a su sede; al final de la nota aparece el nombre del experto como contacto de prensa; g) el perito propuesto, por medio de la Organización Mundial contra la Tortura, dirigió una carta al expresidente Juan Manual Santos en la que consta su posición a favor del CAJAR al manifestar posturas referidas a la supuesta persecución política desatada por el DAS y a la descalificación del trabajo que realizaba, según pronunciamientos de distintos sectores del Estado; h) el señor Sottas dirigió una carta al expresidente Álvaro Uribe Vélez, en la que expresó su “muy seria preocupación por la seguridad y por la integridad personal de todos los miembros de numerosas organizaciones sindicales y de derechos humanos”. En dicha carta mencionó una “supuesta amenaza contra varios miembros de ONGs como el CAJAR” que habría ocurrido en septiembre de 2008, e i) lo anterior afecta la imparcialidad del experto. Solicitó que no se admita el peritaje propuesto. Agregó que, en caso de admitirse el dictamen pericial, el objeto de este debe limitarse, a efecto de que “se centre en cuestiones relacionas con el marco fáctico del caso”. 43. El experto Eric Sottas, al presentar sus observaciones ante la recusación promovida, señaló que no tiene ni ha tenido vínculo de subordinación con las organizaciones que propusieron el peritaje, ni con los integrantes del CAJAR. Indicó que las expresiones de solidaridad y denuncias públicas sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos en Colombia “sólo demuestran que cumpl[ió] con [su] labor como director de la Organización Mundial [c]ontra la Tortura”, lo que “favoreci[ió] [a] miles de organizaciones de derechos humanos a nivel mundial y no puede predicarse que por ello […] tenga un vínculo estrecho con cada una de ellas”. Refirió que la Organización Mundial contra la Tortura actúa con autonomía, por lo que los llamamientos suscritos por esta “no demostrarían una relación de subordinación frente al CAJAR y sus integrantes”. Señaló que las declaraciones que el Estado presenta para cuestionar su participación “se relacionan más bien con [su] trabajo y calidad de experto conocedor de la situación de las personas defensoras en Colombia, donde desarroll[ó] [su trabajo] por más de [quince] años”, lo que no afecta su imparcialidad. Agregó que conforme al argumento estatal ninguna persona representante de una organización podría, “por el simple hecho de cumplir con sus funciones, brindar testimonio experto” ante la Corte. Solicitó que la recusación sea rechazada. 44. El Presidente recuerda que la causal de recusación invocada por Colombia hace imprescindible que exista un vínculo entre el experto y la parte proponente, y que dicho vínculo, a juicio del Tribunal, afecte su imparcialidad (supra Considerando 27). Así, entre los distintos documentos citados por el Estado, destaca el comunicado de prensa de 13 de abril de 2011, titulado “C[arta abierta al] S[r]. J[uan] M[anuel] S[antos], Presidente de la República de Colombia”. El texto de dicho comunicado, emitido por la Organización Mundial contra la Tortura y en el que aparece el nombre del perito propuesto, señala, entre otras cuestiones, lo siguiente: El CCAJAR denuncia que distintas agencias de seguridad del Estado continúan las labores de persecución que se desarrollaron durante los ocho años de gobierno del Sr. Álvaro Uribe Vélez, al igual que en el marco del sistema de protección del DAS, bajo la dirección del Sr. Felipe Muñoz. [A]nte la persistencia e incluso el incremento de la persecución, hostigamiento y amenazas contra el CCAJAR y sus integrantes, no existen investigaciones eficaces. […] 14

Select target paragraph3