RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 30 DE AGOSTO DE 2023
CASO SALES PIMENTA VS. BRASIL
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en
adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 30 de junio
de 2022 1.
2.
Los escritos presentados por las representantes de las víctimas 2 el 5 y el 26 de abril
de 2023, mediante los cuales informaron sobre las personas propuestas para conformar el
Grupo de Trabajo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia.
3.
Los escritos presentados por la República Federativa del Brasil (en adelante “el
Estado” o “Brasil”) el 5 de mayo y el 5 de junio de 2023, mediante los cuales se refirió al
cumplimiento de las publicaciones ordenadas en el punto resolutivo noveno de la
Sentencia, e informó sobre las personas propuestas para conformar el Grupo de Trabajo
ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia.
4.
La nota de Secretaría de 5 de julio de 2023 mediante la cual, siguiendo instrucciones
del Presidente del Tribunal, se brindó un plazo a las partes para que, de encontrarlo
necesario, presentaran sus observaciones a la propuesta de la contraparte respecto de la
conformación del Grupo de Trabajo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la
Sentencia.
5.
El escrito de la representación de las víctimas de 19 de julio de 2023, mediante el
cual manifestaron no tener observaciones a la propuesta del Estado. El Estado no presentó
observaciones.
*
El Juez Rodrigo Mudrovitsch, de nacionalidad brasileña, no participó en la deliberación de la presente
Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Sales Pimienta Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30
de
junio
de
2022.
Serie
C
No.
454.
Disponible
en:
https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_454_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 4 de octubre
de 2022.
2
La Comissão Pastoral da Terra (CPT) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).
-1-