RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 30 DE AGOSTO DE 2023 CASO SALES PIMENTA VS. BRASIL SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 30 de junio de 2022 1. 2. Los escritos presentados por las representantes de las víctimas 2 el 5 y el 26 de abril de 2023, mediante los cuales informaron sobre las personas propuestas para conformar el Grupo de Trabajo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia. 3. Los escritos presentados por la República Federativa del Brasil (en adelante “el Estado” o “Brasil”) el 5 de mayo y el 5 de junio de 2023, mediante los cuales se refirió al cumplimiento de las publicaciones ordenadas en el punto resolutivo noveno de la Sentencia, e informó sobre las personas propuestas para conformar el Grupo de Trabajo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia. 4. La nota de Secretaría de 5 de julio de 2023 mediante la cual, siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, se brindó un plazo a las partes para que, de encontrarlo necesario, presentaran sus observaciones a la propuesta de la contraparte respecto de la conformación del Grupo de Trabajo ordenado en el punto resolutivo séptimo de la Sentencia. 5. El escrito de la representación de las víctimas de 19 de julio de 2023, mediante el cual manifestaron no tener observaciones a la propuesta del Estado. El Estado no presentó observaciones. * El Juez Rodrigo Mudrovitsch, de nacionalidad brasileña, no participó en la deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Sales Pimienta Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de junio de 2022. Serie C No. 454. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_454_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 4 de octubre de 2022. 2 La Comissão Pastoral da Terra (CPT) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). -1-

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