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diferentes. En Guatemala existe un temor de los jueces de conocer un caso como
éste, en el cual están implicados altos oficiales militares.
Una de las primeras dudas de competencia la presentó la propia Helen Mack Chang
debido a que el caso estaba en el fuero militar, pero en 1996 el Congreso de la
República derogó dicho fuero, por lo cual el caso pasó al fuero civil. A partir de
1999, la defensa comenzó a discutir nuevamente este tema con diferentes recursos
interpuestos, los cuales duraron aproximadamente 3 años.
i.
Peritaje de Mónica Pinto, ex relatora de Naciones Unidas para
Guatemala28
Desde 1993 hasta abril de 1997, por una designación del Secretario General de las
Naciones Unidas, fue nombrada experta independiente para el examen de la
situación de los derechos humanos en Guatemala con obligación de rendir informes
anuales a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Estuvo en el
terreno como misión de investigación en cuatro ocasiones.
Cuando fue designada para el puesto tomó conocimiento del caso de Myrna Mack
Chang. En los cuatro informes que escribió para la Comisión de Derechos Humanos
de las Naciones Unidas mencionó el caso.
Las ejecuciones sumarias en Guatemala, según la perito, han tenido distintos
perfiles a lo largo del tiempo. Luego de una etapa de ejecuciones sumarias
masivas o colectivas, que podían inscribirse dentro de la política de “Tierra
Arrasada”, vinieron las ejecuciones sumarias más selectivas. A partir de la década
del 90 no se puede hablar de ejecuciones sumarias masivas, salvo casos muy
específicos, como podría ser “Chaman”, que es un episodio en el cual el Ejército
entró a una población de retornados y mataron a todos los que estaban en el lugar.
A partir del año 1994 en los casos de ejecuciones sumarias se comprobaba la
participación de elementos del Ejército. En el año 1995 el derecho a la vida seguía
siendo el derecho más violado en Guatemala y continuaban las ejecuciones
sumarias, pero en ese momento empezaron a tomar otro matiz, ya que
comenzaron las ejecuciones sumarias en perjuicio de otros grupos, por ejemplo, de
niños de la calle. Las ejecuciones sumarias tendían a deshacerse de aquellos que
por su actividad podían comprometer la vigencia de un sistema que no debía ser
objeto de cuestionamientos.
Myrna Mack Chang estaba trabajando en un ámbito políticamente sensible. La
forma en que fue ejecutada, por 27 puñaladas, indicó que no se trató de un
homicidio tradicional. De los cuatro informes que presentó a la Comisión de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas, se desprendía que un amplio sector del
poder en Guatemala consideraba el tema de los refugiados como sinónimo de
militancia en la guerrilla. Myrna Mack Chang estaba trabajando en el tema de los
refugiados y desplazados internos por lo que se transformó en un peligro, como
todos aquellos que de alguna manera habían podido cuestionar el sistema vigente.
Básicamente, los miembros de las “Comunidades de Población en Resistencia”
(CPR) eran considerados terroristas o subversivos y todos aquellos que le prestaban
algún tipo de ayuda eran inmediatamente hostigados.
28
Argentina, doctora en Derecho, profesora titular de la Universidad de Buenos Aires y
actualmente es “visiting professor” en la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia en Nueva
York. Rindió dictamen sobre la realidad guatemalteca a principio de los años 90, su conocimiento sobre
la ejecución extrajudicial de Myrna Mack Chang, las deficiencias de la administración de justicia
guatemalteca y otros antecedentes relacionados con el objeto y fin de la demanda.
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