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y entonces señala la necesidad de exhibirlos. En este caso, el juez es autoridad
soberana y la oficina pública no puede negarse.
La Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad de Guatemala es amplia
en el sentido de abrir la posibilidad de plantear recurso de amparo en
prácticamente cualquier acto procesal que realiza un juez penal. Es decir, a partir
de esta ley, las partes tienen la posibilidad de amparar cualquier decisión
jurisdiccional. Por ejemplo, es amparable la denegación de prueba solicitada por el
actor civil o por el acusador particular, o la denegación de la solicitud de fotocopias
de un expediente a la defensa o al actor civil o al acusador particular, o una medida
de restricción de la libertad, o cualquier medida cautelar impuesta a los imputados.
Asimismo es amparable la orden de medidas de investigación como el
reconocimiento en rueda de personas, allanamientos, intervención telefónica,
secuestro o intercepción de correspondencia.
Sin embargo, el recurso de amparo es una institución fundamental para la
protección de los derechos de las personas, pero si se exagera su uso puede
“hipertrofiar” el transcurso del proceso, lo que puede incluso provocar una
denegatoria de justicia. Este peligro procede del texto legal y no de la práctica
judicial.
k.
Peritaje de Katharine Doyle, investigadora30
No conoció a Myrna Mack Chang, pero en 1994 conoció a su hermana Helen.
Asimismo, prestó testimonio en el proceso penal interno en el caso Mack Chang,
sobre los documentos estadounidenses desclasificados presentados por los
abogados del caso, de dónde provenían, porqué se abrieron al público y cual era la
importancia para el proceso penal. Declaró sobre el papel de las fuerzas militares
guatemaltecas durante la guerra, sobre los datos que los Estados Unidos tenían
sobre su participación en violaciones a los derechos humanos y sobre varios
aspectos de las instituciones de inteligencia militar.
En el año 1994 estableció el “Proyecto de Documentación sobre Guatemala” y fue
su directora durante siete años. Este proyecto fue creado con anticipación al
establecimiento de la comisión de la verdad, después conocida como la Comisión
para el Esclarecimiento Histórico, con el fin de tener acceso a los archivos secretos
de los Estados Unidos de América y obtener la documentación que necesitarían los
investigadores de dicha comisión. Trabajó para las comisiones de la verdad en El
Salvador y Honduras y reconoció la dificultad que tienen éstas para obtener
información sobre los militares que fueron el centro de violencia. Las agencias de
los Estados Unidos registran constantemente información sobre estas fuerzas
militares aliadas. De allí que comenzó el proyecto para tratar de entrar en los
archivos secretos de los Estados Unidos de América con el fin de obtener
documentación útil para los investigadores guatemaltecos, anticipándose a una
futura constitución de una comisión de esclarecimiento.
Los analistas de “National Security Archives” utilizan, además de fuentes
secundarias, como libros y reportes de derechos humanos, la legislación disponible
como la “Freedom of Information Act” que habilita la obtención de documentos
30
Estadounidense. Trabaja desde 1990 en la organización no gubernamental “National Security
Archives”, donde es analista senior y dirige el proyecto sobre documentación en Guatemala. Trabaja
sobre la política exterior de los Estados Unidos de América, específicamente en materia de derechos
humanos en países que experimentaron períodos de violencia como El Salvador, Honduras y Guatemala.
Rindió dictamen sobre la realidad de Guatemala a principios de los años 90, sobre la ejecución
extrajudicial de Myrna Mack Chang y sobre la desclasificación de documentos que prueban que el Estado
estuvo involucrado en homicidios selectivos al momento del asesinato de Myrna Mack Chang.
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