25 J.2. Declaraciones y dictámenes periciales a ser recibidos en audiencia pública 78. Como se mencionó previamente, los autos en el presente caso se encuentran listos para la apertura del procedimiento oral. Por tanto y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución de la Corte de 30 de mayo de 2013 (supra Visto 9), el Presidente estima pertinente convocar a una audiencia pública para recibir las declaraciones de César Enrique Rodríguez Vera, Yolanda Santodomingo y Ana María Bidegain, presuntas víctimas propuestos por los representantes; las declaraciones testimoniales de Ángela María Buitrago Ruíz, propuesta por los representantes y de Jaime Castro Castro y María Nelfi Díaz, propuestas por el Estado; la declaración a título informativo de Carlos Bacigalupo Salinas, propuesta por los representantes, así como las declaraciones periciales de Federico Andreu Guzmán, propuesta por los representantes y Máximo Duque Piedrahíta, propuesta por el Estado. K. Alegatos y observaciones finales orales y escritos 79. Concluida la audiencia sobre las excepciones preliminares (supra Considerando 74), se celebrará la audiencia sobre los eventuales fondo, reparaciones y costas. En dicha audiencia, los representantes y el Estado podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos finales orales sobre los eventuales fondo, reparaciones y costas en este caso, al término de las declaraciones de las presuntas víctimas, testigos y peritos. Como se establece en el artículo 51.8 del Reglamento, concluidos los alegatos, la Comisión Interamericana presentará sus observaciones finales orales. 80. De acuerdo con el artículo 56 del Reglamento, los representantes, el Estado y la Comisión podrán presentar sus alegatos finales escritos y observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares, y eventuales fondo, reparaciones y costas, en el plazo fijado en el punto resolutivo decimocuarto de esta Resolución. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4, 15.1, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 42.5, 45, 46 a 48, 50 a 56 y 60 del Reglamento del Tribunal, RESUELVE: 1. Convocar a la República de Colombia, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública que se celebrará durante el 43 Período Extraordinario de Sesiones, en la ciudad de Brasilia, Brasil, el 12 de noviembre de 2013, a partir de las 9:00 horas, para recibir sus alegatos y observaciones orales, respectivamente, sobre las excepciones preliminares interpuestas por Colombia en este caso, conforme al artículo 42.5 del Reglamento. 2. Convocar a la República de Colombia, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública que se celebrará durante el 43 Período Extraordinario de Sesiones, en la ciudad de Brasilia, Brasil, el 12 de noviembre de 2013, a partir de las 15:00 horas y seguirá el 13 de noviembre de

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