RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS*
DE 2 DE JULIO DE 2024
CASO NISSEN PESSOLANI VS. PARAGUAY
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el
Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte
Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 21 de noviembre de 2022 1 y la Sentencia
de Interpretación emitida por la Corte el 30 de agosto de 2023 2.
2.
Los informes presentados por la República del Paraguay (en adelante “el Estado”
o “Paraguay”) entre febrero de 2023 y abril de 2024, así como los escritos de
observaciones presentados por el representante de la víctima 3 (en adelante “el
representante”) en agosto de 2023 y mayo de 2024. La Comisión Interamericana de
Derechos Humanos no presentó observaciones.
3.
El escrito presentado por el Estado el 20 de mayo de 2024, mediante el cual
remitió una “propuesta” para cambiar la modalidad de ejecución de la medida ordenada
en el párrafo 115, inciso b) de la Sentencia, y solicitó al Tribunal su “valoración” al
respecto.
4.
El escrito presentado por el representante el 13 de junio de 2024, mediante el
cual expresó su “conformidad” con la referida propuesta del Estado.
*
El Juez Humberto Antonio Sierra Porto no participó en la deliberación y firma de la presente Resolución
por razones de fuerza mayor.
1
Cfr. Caso Nissen Pessolani Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 21 de noviembre
de 2022. Serie C No. 477. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_477_esp.pdf
La Sentencia fue notificada el 31 de enero de 2023.
2
Cfr. Caso Nissen Pessolani Vs. Paraguay. Interpretación de la Sentencia de Fondo, Reparaciones y
Costas.
Sentencia
de
30
de
agosto
de
2023.
Serie
C
No.
499.
Disponible
en:
https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_499_esp.pdf. La Sentencia de Interpretación fue
notificada el 18 de octubre de 2023.
3
El señor Jacinto Santa María.
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