-55-
80.108.
Marcelino Rosales Cárdenas nació el 30 de octubre de 1963 en Lima, era
estudiante de Humanidades y Artes en la Universidad La Cantuta matriculado en el período
lectivo C-91 y vivía en la residencia de estudiantes. Su madre era la señora Demesia
Cárdenas Gutiérrez, su hermana era Saturnina Julia Rosales Cárdenas y su hermano era
Celestino Eugencio Rosales Cárdenas.
*
*
*
80.109.
Los familiares de Hugo Muñoz Sánchez, Dora Oyague Fierro, Marcelino
Rosales Cárdenas, Bertila Lozano Torres, Luis Enrique Ortiz Perea, Armando Richard Amaro
Cóndor, Robert Edgar Teodoro Espinoza, Heráclides Pablo Meza, Juan Gabriel Mariños
Figueroa y Felipe Flores Chipana han sufrido daños como consecuencia de su detención
ilegal y desaparición forzada y ejecución extrajudicial de los mismos. Asimismo, los hechos
del presente caso han perturbado significativamente la dinámica de las familias de las
presuntas víctimas.
Representación de los familiares de las presuntas víctimas ante la jurisdicción interna
y el sistema interamericano de protección de derechos humanos
80.110.
Los familiares de las presuntas víctimas han realizado numerosas gestiones
ante las autoridades nacionales, tanto para determinar el paradero de sus seres queridos
como en el marco de los procesos penales. Han sido representados por varios abogados y
han sido apoyados por APRODEH en la jurisdicción interna y por APRODEH, CEAPAZ y CEJIL
ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
VIII
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DEL ESTADO EN EL CONTEXTO DEL PRESENTE CASO
81.
Los hechos del presente caso revisten una particular gravedad por el contexto
histórico en que ocurrieron: un contexto de práctica sistemática de detenciones ilegales y
arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, perpetrada por
las fuerzas de seguridad e inteligencia estatales, cuyas características y dinámica han sido
esbozadas en los hechos probados (supra párr. 80.1 a 80.8). Es decir, los graves hechos se
enmarcan en el carácter sistemático de la represión a que fueron sometidos determinados
sectores de la población designados como subversivos o de alguna manera contrarios u
opositores al gobierno, con pleno conocimiento e incluso órdenes de los más altos mandos
de las fuerzas armadas, de los servicios de inteligencia y del poder ejecutivo de ese
entonces, mediante las estructuras de seguridad estatales, las operaciones del denominado
“Grupo Colina” y el contexto de impunidad que favorecía esas violaciones.
82.
La particular gravedad de los hechos se revela en la existencia de toda una
estructura de poder organizado y de procedimientos codificados mediante los cuales
operaba la práctica de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Estos no
constituían hechos aislados o esporádicos, sino que llegaron a configurar un patrón de
conducta durante la época en que ocurrieron los hechos, como método de eliminación de
miembros o sospechosos de pertenecer a organizaciones subversivas, empleada en forma
sistemática y generalizada por agentes estatales, la mayoría de las veces por miembros de
las Fuerzas Armadas.
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