_____________________________________________________________________________________
REF.:
Caso Nº 13.514
Movimientos Campesinos del Aguán
Honduras
3 de julio de 2023
Señor Secretario:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Caso
13.514 – Movimientos Campesinos del Aguán, de la República de Honduras (en adelante “el Estado”, “el Estado
hondureño” u “Honduras”). El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por diversas
violaciones a los derechos contenidos en la Convención Americana en perjuicio de integrantes del Movimiento
Unificado Campesino del Aguán (MUCA), del Movimiento Campesino Recuperación Aguán (MOCRA), del
Movimiento Auténtico Reivindicatorio Campesino del Aguán (MARCA), del Movimiento Campesino
Refundación Gregorio Chávez (MCRGC) y otros.
Las víctimas del caso pertenecen a poblaciones campesinas en la zona del Bajo Aguán en Honduraas,
quienes han enfrentado un contexto de violencia e incetidumbre respecto de su propiedad y vivienda como
resultado de la problemática relacionada con la propiedad de las tierras.
La primera Ley de Reforma Agraria en Honduras de 1962 otorgó alrededor de 23,365 hectáreas a 84
cooperativas dentro de la región del Bajo Aguán. Sin embargo, tras la adopción en 1992, de la Ley para la
Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola, diversos agentes del sector empresarial realizaron compras de
gran parte de las tierras otorgadas a los campesinos por la reforma agraria. Estas compraventas se realizaron
en condiciones irregulares, caracterizadas por engaños, hostigamientos y amenazas.
Como resultado de lo anterior, a partir del año 2001, los miembros y familias de las diferentes cooperativas
afectadas conformaron el MUCA, con el fin de recuperar y reclamar diversas fincas que habían sido vendidas
en la región. Dicha organización campesina, se ramificó y alió con múltiples grupos, como el MARCA, el MCA, el
MCR, el MOCRA, el MCRGC y el MCRNA.
Entre 2006 y 2010, las víctimas presentaron tres demandas de nulidad de los instrumentos públicos de
compraventa de las fincas La Trinidad, El Despertar y San Isidro ante tribunales judiciales de la región alegando
vicios en los contratos de compra. Los juzgados competentes declararon fundadas las demandas respecto a dos
de ellas; no obstante, debido a la presentación de recursos de la parte demandada en etapa de ejecución de
sentencias, las cancelaciones registrales dispuestas inicialmente fueron dejadas sin efecto en 2013 y, tras ello,
el reclamo relativo a los vicios contractuales en la compraventa de tierras alegado por los campesinos quedó
diluido entre los temas procesales posteriores. Asimismo, respecto de la tercera demanda, pese a que se había
dispuesto un embargo precautorio, no se contó con información sobre que el proceso hubiera concluido. Con
ello, las víctimas no contaron con un pronunciamiento de fondo sobre la legitimidad y legalidad de las
cuestionadas compraventa por parte de los tribunales judiciales.
Señor
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José, Costa Rica
_____________________________________________________________________________________