1217. Según notas de prensa de los periódicos El Mundo y El Colombiano, el 6 de junio de 1995, después de 11 meses en prisión, fueron dejados en libertad Andrés Pérez Berrío, Melquisedec Vellojín Espitia, Mario Urrego y Cipriano Antonio Ruiz. Andrés Pérez Berrío 1218. Andrés Pérez Berrío lideró la construcción de la UP en la región del Urabá antioqueño, se destacó como Concejal del municipio de Chigorodó en el período 1990 a 1992, corporación que presidió durante el último año. Fue Alcalde Municipal de Chigorodó en el período 1992-1994. 1219. Consta en el expediente que Pérez Berrío fue judicializado infundadamente en dos ocasiones. La primera fue la de los hechos del 18 de julio de 1994 por el homicidio de Gabriel Ortega y la segunda fue cuando se encontraba en el exilio, por la masacre del barrio “La Chinita” del municipio de Apartadó, hechos que constan en otro caso colectivo reseñado por la parte peticionaria. 1220. Según nota de prensa del semanario “Voz”, el 13 de abril de 1994 Pérez Berrío en compañía de otros políticos en rueda de prensa que se realizó en la Comisión Séptima de la Cámara, denunció la situación de persecución contra dirigentes y militantes de la UP y del PCC, y manifestó que había sido víctima en los últimos meses de acoso, amenazas continuas, llamadas telefónicas en las que le anunciaban que sería el segundo mandatario municipal en ir a la cárcel por la masacre ocurrida en “La Chinita”, municipio de Apartadó. 1221. Sobre los hechos de 1994, Pérez Berrío declaró ante la Comisión que al momento de ser capturado en su despacho, también fue allanada su vivienda y fue detenido su hijo de 14 años, quien fue exhibido en un vehículo del Ejército “para que la guerrilla se diera cuenta que existe otro bando”. Afirmó que estos hechos le provocaron un aborto a su esposa, que para la fecha tenía cuatro meses de gestación. Pérez indicó que en el allanamiento se llevaron algunos de sus objetos personales y los restantes fueron posteriormente quemados por la familia debido al temor que les causaron los hechos. 1222. En su declaración, la presunta víctima afirmó que estando en la Brigada 17 del Ejército a la que fue conducido luego de la detención, fue víctima de torturas consistentes en insultos, golpes en el abdomen e inmersión de la cabeza en un sanitario. Refirió que dichos actos de tortura fueron cometidos por parte del agente Ángel María Astrudillo con la complacencia del entonces Mayor Jorge Alberto Amor, quien, según informó la parte peticionaria, está vinculado con la masacre de 24 personas en el Valle del Cauca y afrontaba cargos por homicidio, concierto para delinquir y porte ilegal de armas, además se ser relacionado por el jefe paramilitar Ever Veloza alias “HH” como coordinador de las actuaciones con el grupo paramilitar. Pérez Berrío declaró que las torturas fueron puestas en conocimiento de la Fiscal Clemencia Useche en una diligencia de indagatoria, ante lo cual la Fiscal se molestó y confrontó a la presunta víctima con el agente. Pérez Berrío indicó que continuó detenido en la Brigada 17 durante 2 o 3 días. 1223. La presunta víctima indicó que posteriormente fue trasladado a Medellín, en donde fue interrogado por la llamada “justicia sin rostro” por un Fiscal que no podía ver ni identificar y que mencionaba en su contra a varios testigos también sin rostro, de los que Pérez Berrío jamás tuvo conocimiento alguno. Según nota de prensa del periódico El Colombiano, la presunta víctima fue trasladada a la cárcel Bellavista de Medellín. 1224. Según su declaración, al salir de la cárcel, Pérez no pudo volver a la región del Urabá por amenazas y como consecuencia de toda la persecución, a la fecha del escrito de la parte peticionaria, se encontraba aún exiliado en Suiza. 1225. Consta en el expediente que el 30 de abril de 1997, la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, abrió investigación contra Andrés Pérez Berrío, Alcalde de Chigorodó y Nelson Campo Núñez345, Alcalde Apartadó, posteriormente absolviendo a Pérez Berrío al concluir que 345 La Comisión toma nota que el caso de Nelson Campo Núñez fue reseñado en carpeta del Caso Colectivo de “La Chinita”. 167

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