C. Hechos respecto de los denominados por la parte peticionaria como “casos representativos” 134. Tomando en cuenta que el Estado no presentó información individualizada sobre la totalidad de los hechos alegados por la parte peticionaria, incluyendo los denominados casos representativos, la información que se describe a continuación se basa principalmente en la prueba documental y el contenido de cada una de las carpetas de casos individualizados aportadas por la parte peticionaria Reiniciar en su escrito de 18 de febrero de 2013 120 . En las carpetas constan registros civiles, documentos de identidad, fotografías, constancias de la Presidencia de la UP, declaraciones de testigos y/o familiares de las presuntas víctimas, cartas, obras literarias, derechos de petición, sentencias, notas de prensa, oficios y documentos expedidos por diversas instituciones estatales. Dicha información no fue controvertida por el Estado. También se incluye en esta sección información actualizada sobre las investigaciones en un grupo reducido de estos casos, aportada por la parte peticionaria con posterioridad a la referida comunicación de 2013. 135. Asimismo, en las carpetas consta información sobre los núcleos familiares de cada presunta víctima, cuya relación se encuentra detallada en los Listados de Víctimas anexos al presente informe de fondo. 136. La Comisión realizará una descripción de los hechos dividiendo los casos en los tipos de violaciones referidos por la parte peticionaria. 1. Muertes violentas de integrantes y militantes de la UP Año 1985 1.1. Dionisio Calderón121 137. Dionisio Calderón fue militante y dirigente del PCC. Al momento de los hechos, la presunta víctima se desempeñaba como líder sindical y promotor de la UP, tarea que le fue encomendada por el Comité Regional del PCC y la naciente Junta Patriótica Departamental de la UP. La parte peticionaria indicó que como parte de sus actividades se dedicó a denunciar la corrupción, a los responsables de la violencia y de las muertes de muchas personas en el municipio de Yumbo e impulsar la legalización de predios. 138. Según información disponible, previo a su atentado, en notas periodísticas del semanario “Voz” del 5 de enero y 18 de octubre de 1984, se indicó que “un peligroso individuo que presta sus servicios a la policía llamado Gerardo Agudelo (alias “El cura asesino”) (…) ha amenazado de muerte y seguido continuamente al dirigente popular Dionisio Hernán Calderón” y que éste había sido amenazado de muerte a raíz de las denuncias realizadas por los atropellos militares cometidos en el municipio de Yumbo. 139. En resolución de 3 de octubre de 1984, emitida por el Departamento de Policía Metropolitana se realizó investigación “con base a los mensajes enviados por los sindicalistas trabajadores (…) donde solicitan a la Presidencia de la República y al Ministerio de Gobierno se investigue presuntas amenazas de muerte contra La parte peticionaria Derechos con Dignidad indicó que tiempo después de los hechos, la señora María Teresa Areiza, conviviente de la presunta víctima, fue retenida por un grupo delincuencial que la condujo hasta donde se encontraba el paramilitar Carlos Castaño, quien en persona le manifestó que la operación para asesinar al señor Hernández había salido muy “costosa” y que por ello necesitaba de su “colaboración”, obligándole a firmar el traspaso de algunos bienes. Derechos con Dignidad afirmó que en Colombia no se encontraba investigación por estos hechos, debido a que ocurrieron en Panamá. Indicó, que en las versiones libres de Herbert Veloza García y Fredy Rendón Herrera, éstos habían hablado del homicidio de la presunta víctima, estableciendo la colaboración de la guardia colombiana en la ejecución del homicidio del ex diputado Hernández. 120 La Comisión toma nota que la parte peticionaria aportó información más detallada sobre 100 casos que denominó como representativos. Tras el análisis del expediente, la Comisión encontró que dichos casos se encontraban organizados dentro de 161 carpetas individualizadas que representan un número de 168 presuntas víctimas. 121 Anexo 14. Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 18 de febrero de 2013. Caja 2, Carpeta Dionisio Calderón. 30

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