de los padres de la víctima, dos mil gramos para sus dos hijas, Diana Evelina y Olga Judith, y quinientos gramos
para sus hermanos Aliria Farida, Gladys Tulia, Yury Jesús y Soledad Vélez Rodríguez. El Tribunal no encontró
responsable al Estado por la muerte de Dimas Vélez, Maria Norma Garzón y Luis Carlos Vélez, argumentando
que las amenazas recaían sobre Carlos Julián y que resultaba material y físicamente imposible otorgar seguridad
permanente a cada ciudadano. El 6 de junio de 2002 el Consejo de Estado resolvió aprobar la conciliación lograda
por las partes en la que se acordó que el DAS pagaría por concepto de perjuicios morales, el valor en pesos
equivalente a novecientos gramos oro en favor de los padres de Carlos Julián, mil ochocientos gramos oro en
favor de sus hijas.
679.
La Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía
General de la Nación, informó el 21 de septiembre de 2012, que la investigación por los hechos se desarrollaba
en el despacho 95 de la Unidad y estaba en etapa preliminar.
Carlos Julián Vélez Rodríguez229
680.
Carlos Julián Vélez Rodríguez fue militante y presidente de la UP en el municipio de Mesetas,
departamento del Meta. Fue diputado y vicepresidente de la Asamblea Departamental del Meta en
representación de dicho partido durante los períodos de 1988 a 1990 y de 1990 a 1992; y Concejal del municipio
de Mesetas en los periodos de 1986 a 1988 en el que fue presidente del Consejo, y de 1990 a 1992 como suplente.
681.
De la declaración de las hermanas de la víctima, notas de prensa de la época y el informe
“Colombia Nunca Más”, la Comisión observa que antes de los hechos, hubo una serie de amenazas incluyendo un
atentado, que indicaban que Carlos Julián Vélez corría riesgo. En este sentido, las hermanas de Vélez declararon
que en una ocasión, mientras éste se desplazaba de Villavicencio a Mesetas, un retén del ejército lo detuvo y lo
privó de la libertad por, aproximadamente, 20 días, porque tenía un libro de un sacerdote colombiano de
tendencia izquierdista y un ejemplar del semanario “Voz”, el periódico del PCC.
682.
En 1987 el señor Vélez interpuso una denuncia al entonces Gobernador del Meta Jorge Ariel
Infante, por las amenazas y retenciones ilegales que había ordenado al Ejército en contra de los manifestantes
que se tomaron las calles del departamento por el homicidio de Jaime Pardo Leal (candidato presidencial por la
UP). Esta denuncia terminó en la destitución del Gobernador, quien según las declaraciones de las hermanas de
Vélez expresó en un discurso público en Puente Limón, que no descansaría hasta ver a Carlos Julián con “la jeta
llena de moscas”.
683.
Según una carta enviada por el señor Vélez al Procurador General de la Nación y nota de prensa
del semanario “Voz”, el 19 de marzo de 1991 tuvo lugar un atentado con explosivos en la sede de la UP, mientras
se realizaba una reunión con varios miembros del partido en la que él estaba presente. Algunos resultaron con
heridas de gravedad y aunque a una cuadra del lugar se encontraba una patrulla del ejército, la víctima denunció
que en lugar de retener al victimario, los militares lo protegieron y detuvieron a dos de los militantes de la UP.
684.
En dicha carta, Vélez calificó el hecho como un claro ejemplo de la persecución y violencia
política que sufrían los dirigentes de la UP, y llamó la atención sobre la falta de respuesta por parte de las
autoridades competentes. En la carta Vélez se refirió a los ataques como “un plan muy bien fraguado, montado
y ejecutado por miembros de la extrema derecha que en confabulación con bandas sindicales de paramilitares,
no apuntan a otra cosa que a desaparecernos por las vías de hecho de la escena política. ¿Cómo es posible que
todo esto tenga ocurrencia en momentos en que la zona se encuentra totalmente militarizada y las fuerzas del
orden en lugar de actuar en cumplimiento de su deber constitucional, se muestre complacientes, frente a tan
anómala situación?”.
685.
Según la carta, varios individuos completamente armados entraban y salían por el frente de la
base militar sin que el Ejército los registrara o ejerciera control. También indicó que individuos vestidos de civil
229 Anexo 19. Anexo al Escrito de la parte peticionaria Reiniciar, de 18 de febrero de 2013. Caja 7, Caso Colectivo Masacre de las
Brisas, Carpeta de Carlos Julián Vélez.
97
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos