10 firme. Dichas publicaciones se realizarán, según informó el Estado, en la Gaceta Oficial de la República del Paraguay, la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y la página web del Poder Judicial. El Tribunal continuará supervisando los resultados de las investigaciones para determinar lo procedente en cuanto a este aspecto. 26. Que a efectos de continuar supervisando este punto, resulta necesario que el Estado continúe presentando información completa y actualizada sobre la totalidad de las acciones adelantadas y se refiera a los aspectos señalados en esta Resolución. * * * Búsqueda y localización de las víctimas desaparecidas 27. Que en relación con la obligación del Estado de proceder de inmediato a la búsqueda y localización del paradero de los señores Agustín Goiburú Giménez, Carlos José Mancuello, Rodolfo Ramírez Villalba y Benjamín Ramírez Villalba y, si se encuentran sus restos, entregarlos a la brevedad posible a sus familiares y cubrir los eventuales gastos de entierro (punto resolutivo sexto de la Sentencia), el Estado informó que la Comisión de Verdad y Justicia (CVJ) investigó –según las hipótesis que fueron surgiendo- diversos lugares donde se practicaban detenciones ilegales, torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales. En el marco de la audiencia, resaltaron que desde 2007, a raíz de ciertos testimonios, se fue “fortaleciendo la convicción de que en el Cuartel de la Ex Guardia de Seguridad, Batallón 40, […] estaría concentrada una suma importante de posibles fosas clandestinas del período 1954-1989”. Asimismo, que en virtud de unas denuncias radicadas durante 2009, se inició una nueva investigación a cargo de tres fiscales integrantes de la Unidad Especializada de Hechos Punibles contra los Derechos Humanos del Ministerio Público, la que mediante Resolución N° 182 decidiera conformar un Equipo de Trabajo para la búsqueda y localización de las víctimas desaparecidas, integrado por el Departamento de Medicina Forense, el Ministerio Público y la Fiscalía de Medio Ambiente. Posteriormente los fiscales a cargo de la investigación resolvieron ampliar dicha conformación, incorporándose el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, el Ministerio de Justicia y Trabajo, la Universidad Nacional de Asunción, el Ministerio del Interior, Dirección General de Verdad, Justicia y Reparación y la Policía Nacional. Es así, que se logró el rescate de dos restos humanos completos, “los cuales están en proceso de análisis e identificación plena”, aunque se adelantó que se trata de dos personas de sexo masculino. Ello ha redundado en “trazar[…] un primer plan de acción para precautelar, proteger e investigar […] un sector importante [del predio] con el apoyo técnico […] correspondiente”, teniendo la referencia importante –en virtud de ciertos testimonios- de dónde podrían hallarse los restos del señor Goiburú. Sin embargo, “la tecnología para identificación por vía de ADN de los restos óseos y [la toma de] muestras comparativas de los descendientes […] es un nivel de desarrollo [con el] que hoy en día no contamos en el país”, por lo que se debe recurrir a cooperación internacional. Al respecto, manifestó el Estado que se cuenta con la cooperación del equipo antropológico del Estado argentino. Asimismo, actualmente se están realizando excavaciones en otros dos puntos de una duración aproximada de tres semanas. Además, informó que los peritajes de los antropólogos deben iniciarse en el plazo de 24 a 48 horas de realizados los hallazgos. En conclusión, el Estado remarcó que la voluntad estatal de proseguir con la búsqueda de los desaparecidos se evidencia por la articulación de las diversas instituciones que conforman el ampliado Equipo de Trabajo. 28. Que los representantes, por su parte, manifestaron durante la audiencia que “el Estado paraguayo jamás inició ninguna búsqueda y localización de los desaparecidos”,

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