c) “el Estado tiene la obligación de introducir las reformas legales para garantizar la posibilidad de recurrir judicialmente de todo acto, emitido por cualquier autoridad, juez o tribunal, en el que se violen derechos fundamentales garantizados en la Ley, la Constitución o la Convención Americana”; d) “el Estado [debe] eliminar las limitaciones constitucionales que existen frente al amparo”; e) el Estado debe adoptar las medidas necesarias “para hacer efectiva la garantía a la protección consular en los términos previstos en el [artículo] 36 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares”; f) el Estado “debe constituir una comisión independiente que investigue sobre las violaciones a los derechos humanos derivados de la lucha contra el narcotráfico”. Además, “los resultados que se obtengan del informe final que emita tal Comisión, [deberán ser] puestos en conocimiento del Ministerio Fiscal para que se inicien los procesos penales para obtener el juzgamiento y sanción de los responsables. De igual manera, [el Estado deberá reconocer] el valor probatorio de dichos resultados para efecto de las causas civiles que las víctimas decidieren intentar contra el Estado para obtener una reparación”; g) el Estado debe “investig[ar] y sancion[ar] a los responsables de las violaciones a los derechos humanos de[l señor Acosta Calderón]”; h) el Estado debe eliminar “el nombre del señor […] Acosta Calderón de los registros públicos en los que aparece el mismo con antecedentes penales”; i) “[e]n vista de la existencia de violaciones en el debido proceso durante el juicio penal en el caso de[l señor] Acosta Calderón[,] una forma de reparación es el que se inicie[…] un proceso de revisión de la sentencia condenatoria”; y j) “dadas las circunstancias particulares del caso se [deben] ordenar tres publicaciones. Dos correspondientes a la parte resolutiva de la sentencia, una [en] uno de los diarios de mayor circulación del país (El Comercio o el Universo) y otra también de la parte resolutiva en uno de los diarios de mayor circulación nacional en Colombia. Se considera que inclusive con esta última publicación podría finalmente, en caso de que suceda antes, llegar a conocer el señor […] Acosta Calderón que ha obtenido una protección de sus derechos a través [de] esta […] Corte. La tercera publicación se solicita se realice de manera íntegra en el Registro Oficial”. Consideraciones de la Corte 163. El Tribunal entrará a determinar aquellas medidas de satisfacción que buscan reparar el daño inmaterial, que no tienen alcance pecuniario, así como también dispondrá medidas 50

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