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término de los informes de las peritas, podrán presentar ante el Tribunal sus alegatos
finales orales sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas
en el presente caso.
11.
Requerir a la Secretaría que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
45.3 del Reglamento, remita a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a
los representantes de las presuntas víctimas y a los Estados Unidos Mexicanos una
copia de la grabación de la audiencia pública sobre la excepción preliminar y
eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso, dentro de los 15 días
siguientes a su celebración.
12.
Informar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los
representantes de las presuntas víctimas y a los Estados Unidos Mexicanos que
cuentan con un plazo hasta el 24 de mayo de 2010 para presentar sus alegatos
finales escritos en relación con la excepción preliminar y eventuales fondo,
reparaciones y costas en este caso. Este plazo es improrrogable e independiente de
la remisión de la copia de la grabación de la audiencia pública.
13.
Requerir a la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que
notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
a los representantes de las presuntas víctimas y a los Estados Unidos Mexicanos.
Diego García Sayán
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Diego García Sayán
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario