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IV
MEDIDAS PROVISIONALES
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9.
El 25 de mayo de 1999, con anterioridad a la presentación de la demanda, la
Comisión solicitó a la Corte la ampliación de las medidas provisionales en el asunto
James y otros, a efectos de incluir dentro de dichas medidas provisionales a los
señores Peter Benjamin, Krishendath Seepersad, Allan Phillip, Narine Sooklal y Amir
Mowlah, entre otros4. La Comisión consideró que las circunstancias eran similares a
las de los reclusos para los cuales regían las medidas provisionales en Trinidad y
Tobago y que las ejecuciones de dichas personas eran inminentes y por lo tanto, se
veían expuestos a un daño irreparable.
10.
El 27 de mayo de 1999 la Corte ordenó al Estado, inter alia, que tomara todas
las medidas necesarias para preservar la vida de Peter Benjamin, Krishendath
Seepersad, Allan Phillip, Narine Sooklal y Amir Mowlah, a fin de no obstaculizar el
trámite de sus casos ante el Sistema Interamericano.
11.
El 18 de junio de 1999 la Comisión remitió a la Corte una solicitud para una
nueva ampliación de las medidas provisionales ordenadas por la Corte en el asunto
James y otros, a fin de incluir a los señores Mervyn Parris y Francis Mansingh. Al
igual que en los casos anteriores (supra 9), la Comisión consideró que las
circunstancias eran similares a las de los reclusos para los cuales regían las medidas
provisionales en Trinidad y Tobago y que las ejecuciones de dichas personas eran
inminentes y por lo tanto, se veían expuestos a un daño irreparable.
12.
El 19 de junio de 1999 el Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”)
decidió ampliar las medidas provisionales en el asunto James y otros a fin de incluir a
Mervyn Parris y Francis Mansingh; además, solicitó que Trinidad y Tobago adoptase
todas las medidas necesarias para preservar la vida de dichas personas, a fin de que
la Corte pudiera examinar la pertinencia del pedido de la Comisión. El 25 de
septiembre de 1999, la Corte ratificó la Resolución del Presidente de 19 de junio de
1999 en relación con los señores Mervyn Parris y Francis Mansingh.
13.
Desde esa fecha, el Estado ha presentado los informes relevantes acerca de la
situación de las personas protegidas y la Comisión ha enviado sus observaciones a
dichos informes del Estado.
V
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
14.
El 5 de octubre de 2000 la Comisión Interamericana interpuso su demanda en
los siguientes términos:
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El 22 de mayo de 1998 la Corte Interamericana de Derechos Humanos recibió de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos una solicitud de medidas provisionales en el asunto James y otros,
respecto de cinco casos en trámite ante la Comisión, relacionados con la condena a pena de muerte
interpuesta a cinco ciudadanos detenidos en Trinidad y Tobago. El 14 de junio de 1998, durante su XL
Período Ordinario de Sesiones, la Corte ordenó la adopción de las medidas solicitadas.
4
Las demás personas indicadas por la Comisión en su solicitud no se encuentran incluidas en la
demanda del presente caso.