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Luminoso; que fue arrestado en su casa, llevado a la DINCOTE donde fue vendado,
golpeado, interrogado y amenazado; que posteriormente lo llevaron a una playa
desconocida junto con la señora Loayza y otra detenida llamada Delaine; que le
hicieron un interrogatorio con tortura, maltrato físico y con las manos vendadas
hacia atrás y que luego lo metieron al agua de cabeza; que mientras estuvo detenido
fue incomunicado; que a los 21 días de detención fue exhibido a la prensa con un
uniforme a rayas junto con siete hombres y siete mujeres; que le pusieron un
abogado de oficio con uniforme y pasamontañas; que no pudo nombrar un abogado
de su confianza; que estuvo sometido a un juicio militar que duró tres días y que se
llevó a cabo en las instalaciones de la Veterinaria del Ejército; que en el juicio oral
del fuero militar de segunda instancia fue absuelto; que fue sometido a un nuevo
juicio en el fuero ordinario y que la audiencia se llevó a cabo en la oficina del Director
del Establecimiento Penal de Ica, Cachiche; que en el fuero militar lo obligaron a
reconocer su manifestación policial; que fue vendado y golpeado. En cuanto al
régimen carcelario manifestó que permanecen 23 horas y media encerrados; que
una vez al mes reciben visitas por media hora; que hay un servicio médico irregular;
que dentro del penal hacen pequeños trabajos. Finalmente dijo que conoció a María
Elena Loayza Tamayo ya que estuvieron detenidos juntos durante 20 días.
b.
Testimonio de Luis Guzmán Casas.
Luis Guzmán Casas, condenado en el Perú por el delito de traición a la patria,
manifestó que fue acusado por terrorismo; que está condenado a 25 años de prisión
por el fuero militar; que fue detenido el 6 de enero de 1993; que no le mostraron
ninguna orden de detención; que no había ningún representante del fiscal, sólo tres
policías que dijeron que eran de la DINCOTE pero que no mostraron identificación;
que lo vendaron y lo llevaron a la DINCOTE, donde permaneció en una celda oscura
por aproximadamente 29 días; que no pudo entrevistarse con un Fiscal porque no
existía; que como a los doce días de haber ingresado al establecimiento policial lo
vio un médico, el cual sólo le preguntó porqué tenía moretones; que no se podía
comunicar con su familia; que no le dijeron que tenía derecho a un abogado; que
cuando lo interrogaron estaba vendado, amarrado y que no había abogado; que
después de uno o dos días le llevaron un papel que no quiso firmar; que pidió un
abogado; que en consecuencia lo golpearon y lo pasaron a otra celda en la que
estaba solo, vendado y amarrado; que en la noche fue llevado junto con un hombre
y una mujer a la playa, donde lo desvistieron, lo golpearon, lo torturaron, lo
sumergieron al mar envuelto en una cinta; que ese mismo día estaban torturando a
una mujer que no conoció pero que su nombre era María; que escuchó decir a los
policías que fue violada pero que no pudo ver nada; que el 11 de agosto del mismo
año lo absolvieron; que el 25 de agosto de 1993 le dieron la libertad; que el 12 ó 13
de septiembre de 1993 lo detuvieron de nuevo; que después fue sometido a un juicio
en el fuero militar en el que fue sentenciado; que mensualmente recibe visitas; que
puede mandar cartas a su familia pero que el alcalde del pabellón las lee primero;
que ha presentado una solicitud de indulto; que exigió la presencia de un abogado
para la confrontación en la DINCOTE; que ante el Tribunal se presentó un abogado
de oficio, que estaba con uniforme militar y que él no lo aceptó; que no se acogió a
la Ley de Arrepentimiento.
c.
Testimonio de Luis Alberto Cantoral Benavides.
Luis Alberto Cantoral Benavides, condenado en el Perú por el delito de traición a la
patria, declaró que fue detenido el 6 de febrero de 1993 en forma arbitraria por
miembros de la DINCOTE; que a la persona que buscaban era a su hermano, el cual
estaba acusado por una arrepentida llamada Angélica Torres; que en el momento de