54
*
*
86.
En relación con la prueba testimonial evacuada, la cual no fue objetada ni
controvertida, la Corte la admite únicamente en cuanto concuerde con el objeto del
interrogatorio.
87.
Respecto a los dictámenes de los peritos ofrecidos por las partes, los cuales
no fueron objetados ni controvertidos, el Tribunal los admite y les da valor
probatorio.
VII
HECHOS PROBADOS
88.
Del examen de los documentos, de las declaraciones de los testigos, de los
informes de los peritos, y de las manifestaciones formuladas por el Estado y la
Comisión en el curso de los procedimientos, esta Corte considera probados los
siguientes hechos:
Antes de la aprobación de la Ley 25
a.
el 16 de octubre de 1990 la Coordinadora de Sindicatos de Empresas
Estatales presentó al Gobierno de Panamá, presidido en ese entonces por el señor
Guillermo Endara Galimany, un pliego de 13 peticiones, las cuales consistían en los
siguientes puntos: la no privatización de las empresas estatales; la derogación de las
leyes que reformaban el Código de Trabajo; el cese de los despidos y el reitengro
inmediato de los dirigentes del sector estatal; el pago de las bonificaciones y del
décimotercer mes; el respeto a las leyes laborales, reglamentos internos, y los
acuerdos pactados con las organizaciones del sector estatal; el respeto a las
organizaciones laborales y sus dirigentes; la derogación de los decretos de guerra y
los decretos antiobreros; el cumplimiento de los manuales de cargos y funciones,
clasificaciones, escalas salariales y evaluaciones; la ratificación e implementación del
Convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); el respeto de la
autonomía de las entidades estatales; la aprobación de una “Carrera Administrativa,
científica y democrática”; la no modificación de la Ley Orgánica de la Caja del Seguro
Social y demás leyes sociales que pretendían disminuir los beneficios que ellas
contemplaban; respuesta satisfactoria a la situación del sector de los trabajadores de
la construcción, de los estudiantes del Instituto Nacional, de los refugiados de guerra
y de los moradores de Loma Cová;13
13
cfr. testimonio de Ramón Lima Camargo rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de
2000; testimonio de José Mauad Doré rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000;
testimonio de Manrique Mejía rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; testimonio de
Luis Antonio Batista Juárez rendido ante la Corte Interamericana el 26 de enero de 2000; testimonio de
Guillermo Endara Galimany rendido ante la Corte Interamericana el 27 de enero de 2000; testimonio de
Guillermo Alfredo Ford Boyd rendido ante la Corte Interamericana el 27 de enero de 2000; artículo del
Diario La Estrella de Panamá titulado “Miles de empleados públicos contra las medidas económicas del
gobierno”, publicado el 17 de octubre de 1990; boletín especial SITINTEL titulado “Resumen informativo
sobre nuestra lucha actual”; nota CSJ-SNG-354-94 de 3 de octubre de 1994 del Magistrado
Vicepresidente encargado de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de Panamá dirigida al Ministro
de Relaciones Exteriores de Panamá; artículo del Diario La Estrella de Panamá titulado “Obreros ratifican
huelga nacional y una marcha” publicado el 3 de diciembre de 1990; Resolución del Comité de Libertad
Sindical en el Caso No. 1569 “Quejas contra el Gobierno de Panamá presentadas por la Confederación
Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), el Sindicato de Trabajadores del Instituto de
Recursos Hidráulicos y Electrificación (SITIRHE) y Sindicato de Trabajadores del Instituto Nacional de