4 reclusas generalmente violentas […] son enviadas a ese espacio para aliviar tensiones en otras zonas del penal”. Más aún, informaron que a fines de enero de 2010 se habría producido un conato de incendio, tras el cual las reclusas habrían sido trasladadas a otra área de la prisión. Sin embargo, la beneficiaria y las reclusas que se encontraban en ese pasillo no habrían sido evacuadas por un “supuesto olvido”; l) Los peticionarios informaron a la Comisión que existe una práctica de sacar a caminar a la señora Afiuni por la noche. Manifestaron que a comienzos de mayo de 2010 habría sido sacada a los patios y desde otras celdas las reclusas le habrían gritado “vamos a derramar tu sangre en el penal”, “perra maldita por personas como tú estamos aquí”, “bruja nocturna”. Según declaración de la señora Afiuni, en una ocasión “le apuntaron con un arma” desde la garita de seguridad en dicho recorrido. Agregaron que en mayo de 2010, la Directora del INOF habría solicitado a las reclusas del penal firmar una carta en la que se comprometían a no agredir a la jueza, lo cual habría producido tensión, en vista que algunas reclusas se habrían negado a firmar y otras habrían afirmado que dicho trato era privilegiado. Finalmente, manifestaron que varias de las mujeres presuntamente condenadas por la jueza Afiuni permanecerían en la INOF; m) En abril de 2010 la Directora de Protección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía remitió a la jueza 50º de lo penal los resultados de los exámenes realizados a la señora Afiuni. El examen médico habría concluido que el estado de la señora Afiuni era “satisfactorio” y el examen psiquiátrico habría determinado que padecía “trastorno mixto ansioso depresivo”, por lo que se sugirió apoyo psico-terapéutico y continuar con tratamiento farmacológico. En el examen psiquiátrico, la señora Afiuni habría manifestado lo siguiente: [que se encuentra] bajo tanto psicoterror…desde hace cuatro meses en esta celda…[allí] en la cárcel hay dos bandos…gobierno y población…y [ella] represent[a]…o mejor dicho [es] gobierno…y por lo tanto culpable de que estén encerradas aquí […] claro […] no todas […] [ha] vivido eventos o situaciones….espantosas…como por ejemplo…una rea que se quedó en la puerta de esta celda […] gritando […] “quiero mamar […] cuca de juez […] encontrar una rea en el cuarto cuando sal[e] del baño…escuchar en la madrugada […] que la rea de al lado grita que le pagaron para que [la] acuchillaran […] para que [la] asesinara […] [le] gritan maldita…maldita muérete…una vez consiguieron a unas reas con gasolina…que se proponían a lanzar a esta celda…para quemar[la] […] lanzan escritos por debajo de la puerta…donde dicen […] que [la] van a matar […] que [la] van a violar […] que [la] van a quemar […] n) Los peticionarios le señalaron a la Comisión que en marzo de 2010 la señora Afiuni se habría percatado de dos protuberancias cerca de su seno. Después de diversas solicitudes para que no fuera examinada dentro de la INOF, el 16 de julio de 2010 el Instituto de Medicina Forense (en adelante “IMF”) certificó las masas encontradas por la señora Afiuni y una serie de rasgaduras en una pierna. Al respecto, alegaron que la última situación no habría sido reportada por la INOF cuando la señora Afiuni ingresó a dicha penitenciaria; o) Se habrían presentado una serie de solicitudes judiciales para que la señora Afiuni recibiera tratamiento en un hospital civil. No obstante, el tribunal interno habría señalado que el Hospital Militar era el indicado para realizar los exámenes médicos. El 23 de julio de 2010 la habrían examinado, practicándole una mamografía, y habría determinado “la presencia de dos masas”. El Hospital Militar

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