27.
Indicó que debido a su situación de pobreza, su hijo Luis Guachalá empezó a trabajar como
albañil 18. Señaló que ganaba muy poco, “sólo para su subsistencia diaria y a veces le alcanzaba para ayudar(la)
algo en la casa” 19. La señora Chimbó manifestó que en ocasiones la llamaban para decirle que su hijo había
sufrido una crisis mientras trabajaba, por lo que tenía que ir a donde él se encontraba, y tenía que
“acomoda(rlo) con almohaditas (...) en el suelo, para que se duerma y le pase todo eso hasta que despierte” 20.
La señora Guachalá señaló que “cuando él estaba solito, se caía donde quiera, a veces en los carros de transporte
público” 21.
B.
Sobre el ingreso de Luis Guachalá al Hospital Psiquiátrico Julio Endara en mayo de 2003
28.
La señora Chimbó declaró que en mayo de 2003 llevó a su hijo al Hospital Psiquiátrico Julio
Endara 22. Dicho hospital es una dependencia del Ministerio de Salud Pública del Ecuador 23. El Estado detalló
que dicho hospital constituye una institución pública de Tercer Nivel de Atención Especializada en Salud
Mental 24. De acuerdo a un oficio de dicho hospital, tiene un área de 303,897 metros cuadrados “con extensos
jardines y áreas verdes” 25. Asimismo, se indica que el hospital tiene como objetivo “dar una mejor asistencia a
los pacientes que padecen enfermedades mentales” 26.
Los detalles que se describen a continuación sobre este primer ingreso al hospital y lo sucedido posteriormente,
resultan de la declaración jurada de la madre del señor Luis Guachalá 27.
29.
La señora Chimbó indicó que un vecino le recomendó dicho hospital puesto que él mismo
estuvo en esa institución durante un tiempo, y que ahí “podía(n) curar a (su) hijo”. Sostuvo que decidió llevarlo
al hospital en tanto su hijo “se puso ya malito, ya se puso agresivo”. Indicó que al llegar, Luis Guachalá fue
examinado por un médico del hospital, quien le dijo que su hijo “debía quedar internado” y que comprara
medicamentos para él. La señora Chimbó manifestó que firmó algunos documentos a efectos de autorizar que
su hijo se quede en el hospital por un mes.
30.
Sostuvo que Luis Guachalá se quedó durante todo el mes de mayo de 2003 en el hospital.
Indicó que lo visitaba una vez cada dos días durante tres horas aproximadamente y que nunca tuvo ningún
problema para ingresar y conversar con su hijo. También señaló que conversaba regularmente con el personal
médico del hospital, quienes le indicaban cómo se encontraba el estado de salud de su hijo.
31.
Indicó que en la primera conversación que tuvo con su hijo, éste le preguntó por qué lo había
dejado en el hospital. Ella manifestó que le dijo que era para que se cure. Sostuvo que una semana después de
haber sido internado, su hijo Luis le indicó que “qu(ería) ir a la casa”. Manifestó que le dijo que “no, que debía
salir sanito de allí”. Sostuvo que después de ello “él se quedó tranquilo”.
32.
La señora Chimbó sostuvo que en una ocasión su hijo le manifestó preocupado que en el
hospital le pegaban a “los enfermos que están (...) más malitos”. Indicó que a él no lo habían golpeado. También
señaló que su hijo le indicó que “uno de los enfermos era grosero (...), le quitaba las manzanas, las mandarinas
que (...) le dejaba”.
33.
La señora Chimbó indicó que a fines de mayo, la doctora del hospital, Erika Quimbuilco, le dijo
que Luis sería dado de alta. Señaló que debía llevar a su hijo en junio de ese mismo año para que le hagan un
Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
20 Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
21 Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
22 Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
23 Anexo 13. Resolución del Tribunal Constitucional, 6 de julio de 2006. Anexo 10 a la petición inicial.
24 Comunicación del Estado de 20 de mayo de 2016.
25 Oficio No. 202-G-HJE-2016, 21 de marzo de 2016. Anexo 11 a la comunicación del Estado de 20 de mayo de 2016.
26 Oficio No. 202-G-HJE-2016, 21 de marzo de 2016. Anexo 10 a la comunicación del Estado de 20 de mayo de 2016.
27 Anexo 6. Declaración jurada de Zoila Chimbó, 27 de septiembre de 2005. Anexo 3 a la petición inicial.
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