14 Emberá y Wounaan que permanecieron en la región de Darién fueron reconocidos por el Estado como 53 comarca a través de la Ley No. 22 del 8 de noviembre de 1983 . Los Emberá que permanecieron en la zona del Bayano no fueron incluidos en esta ley. 66. Los Emberá del Alto Bayano están actualmente organizados en cuatro comunidades: 54 Ipetí Emberá, Piriatí Emberá, Maje Emberá y Unión Emberá . La tierra que habitan actualmente los Emberá del Bayano limita al norte con la carretera Panamericana, al sur con tierras de colonos, al oriente sigue el curso del Río Ipetí hacia su cabecera, y al occidente sigue el curso del Río Curtí y colinda con el 55 perímetro de las tierras del pueblo indígena Kuna de Madungandí . 67. Los Emberá se dedican, tradicionalmente, a la agricultura, en especial al cultivo del 56 plátano, el maíz y el arroz. Realizan también actividades de caza y pesca . Para este grupo la madera que proporciona el entorno selvático es uno de los elementos más importantes, pues “de madera son las viviendas y gran parte del mobiliario, los trapiches artesanales y morteros llamados ‘pilón’ y la ‘mano de pilón’ son útiles para descascarar el arroz y triturar el maíz. La madera de balso sirve para los 57 bastones rituales del curandero y para las figuras antropo y zoomorfas para igual fin” . 68. Como subgrupo del Chocó, los Emberá eran tradicionalmente conocidos como un grupo que carecía de una organización política definida y con un hábitat de viviendas dispersa. A partir de 1968, cuando tuvo lugar el primer Congreso Nacional Indígena en Alto de Jesús, de Veraguas, los chocoes decidieron adoptar el modelo de organización Kuna y se escogieron los primeros caciques 58 Emberá . …continuación en la provincia de Panamá (sic)”. Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. p. 89. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 52 Según un estudio de la Dirección de Colonización del Proyecto de Desarrollo Integral del Bayano, realizado en 1973, los chocoes que vivían en la cuenca del Bayano alcanzaban las 623 personas, que conformaban en 115 familias. Específicamente, se señala que, para 1973, había un total de 152 personas en la aldea de Majecito, en el Río Bayano. Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. pp. 91-92. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. Asimismo, en la audiencia pública ante la CIDH, el perito Ultiminio Cabrera Chanapi señaló: “Antes de construirse la hidroeléctrica del Bayano, el pueblo Emberá del alto Bayano (…) estaba por todo el río, desde la naciente hasta la desembocadura, ellos ocupaban los territorios fértiles (…) hubo comunidades en Río Diablito, hubo en Majecito, hubo en Río Piragua y en todo lo que es, los afluentes del Río Bayano”. CIDH, Audiencia Pública de fecha 23 de marzo de 2012 sobre “Caso 12.354 – Kuna de Mandungandi y Embera de Bayano, Panamá”, 144º período ordinario de sesiones. Peritaje de Ultiminio Cabrera Chanapi. Ver audiencia en http://www.oas.org/es/cidh/. 53 La Comarca Emberá – Wounaan fue creada por Ley No. 22 del 8 de noviembre de 1983, mediante Decreto Ejecutivo No. 84 del 9 de abril de 1999 se adopta la Carta Orgánica Administrativa de la Comarca. 54 Escrito de los peticionarios de fecha 25 de mayo de 2011, recibida por la CIDH el 31 de mayo de 2011; y escrito de los peticionarios del 16 de mayo de 2012, recibido por la CIDH en la misma fecha. 55 Escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. Asimismo, Anexo 10. Informe técnico “Gira de campo para la revisión de la propuesta de Tierras Colectivas en la provincia de Darién, Distrito de Chepigana, corregimientos de Santa Fe y la Provincia de Panamá, Distrito de Chepo, corregimiento de Tortí; según ley 72 de 23 de diciembre de 2008”. Anexo Escrito del Estado de fecha 3 de octubre de 2011, recibido por la CIDH el 4 de octubre de 2011. 56 Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. pp. 66-67. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 57 Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. p. 68. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. 58 Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. p. 81. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009. También en: Reina Torres de Araúz. “Cunas (Tules)”. En: Panamá indígena. Panamá: Autoridad del Canal de Panamá. 1999. pp. 239-240.

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