53 186. Asimismo, como ha sido señalado, la construcción de la hidroeléctrica y de la carretera Panamericana, dio lugar a la llegada a la región del Bayano de grupos de personas no indígenas que 273 comenzaron a establecerse en los extremos de la cuenca . Una vez terminada la carretera que atravesaba las tierras indígenas, esta nueva vía facilitó la migración interna de colonos que se apropiaron de los territorios indígenas, produciendo cambios drásticos en la composición social del 274 área . La posesión de tierras y el uso de recursos naturales por parte de personas no indígenas generó un clima de tensión permanente que persiste hasta la actualidad. La CIDH observa que incluso se han generado en varias ocasiones enfrentamientos entre personas indígenas y colonos, hechos que impiden 275 el normal desenvolvimiento de las presuntas víctimas . De este modo, la presencia de personas no indígenas representa una constante amenaza en la vida tradicional y la identidad cultural de los pueblos 276 Kuna y Emberá . 187. A su llegada los colonos iniciaron la deforestación de áreas boscosas para sembrar cultivos, llevando a cabo una práctica extensiva por la cual, mediante la tala y quema, sustituyen bosques por pastizales, expandiendo la frontera agrícola y despojando a las tierras indígenas de sus 277 recursos naturales para convertirlos en pastura . Incluso, según la información aportada por las partes, muchos colonos no viven en tierras de la Comarca, sino que realizan actividades económicas dentro de 278 su territorio o las alquilan a otras personas para obtener mayores ganancias . Las prácticas de eliminación de la vegetación natural para la siembra de cosechas, son “diametralmente contradictorias 279 a los modos de conservación y protección de los recursos naturales de los peticionarios” . V. ANÁLISIS DE DERECHO A. Cuestiones previas 1. Delimitación de la controversia jurídica relativa a los territorios de las presuntas víctimas 273 Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo 31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 22. 274 Los peticionarios afirman que: “En el momento de la construcción de la represa, cerca de 2000 colonos ya se habían asentado en la región de Bayano. Atraídos a la zona por la extensión de la Carretera Panamericana en los años 50, estos colonos habían venido a la región de Bayano desde el oeste de Panamá en busca de tierras para cultivar. (..) Además, el incremento en la construcción de la carretera en los 70 aceleró la invasión”. Petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 15 y pp. 25-26. 275 Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo 31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 21. pp. 29-30. 276 Petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. 277 Petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. CIDH, Audiencia Pública de fecha 23 de marzo de 2012 sobre “Caso 12.354 – Kuna de Mandungandi y Embera de Bayano, Panamá”, 144º período ordinario de sesiones. Testimonio de Bolívar Jaripio Garabato, miembro de la comunidad Emberá de Piriatí y del Congreso General Emberá del Alto Bayano; y Anexo 11. Documento final de diagnóstico de la Mesa de Concertación de Zona Bayano del 2 de julio de 1999. Anexo 31 de la petición inicial de los peticionarios de fecha 11 de mayo de 2000. p. 22. 278 Anexo 93. Encuesta realizada en la comunidad de Curtí de 21 de noviembre de 1998. Anexo 17 de la comunicación del Estado de fecha 29 de junio de 2001, recibida por la CIDH el 2 de julio de 2001; y CIDH, Audiencia Pública de fecha 23 de marzo de 2012 sobre “Caso 12.354 – Kuna de Mandungandi y Embera de Bayano, Panamá”, 144º período ordinario de sesiones. Peritaje de Ultiminio Cabrera Chanapi. 279 Escrito de los peticionarios de fecha 23 de septiembre de 2002, recibido por la CIDH el 25 de septiembre de 2002. Según información aportada por las partes: “como existe una íntima relación entre los procesos naturales de la vida, flora y fauna coexisten y se reproducen. Con una vegetación exuberante y rica, la vida animal es igualmente variada y abundante. Si la flora se destruye, las especies animales sucumben también. La selva provee refugio y alimento a la fauna dentro de su entorno. Esta unión simbiótica y funcional, solamente es alterada por los hombres. (…) Flora y fauna fueron por siglos fuente de sustentación de la vida de los grupos indígenas que habitaron la cuenca, sin embargo, su presencia no causó ruptura del ecosistema por su bajo nivel tecnológico que les permitía conservar la selva”. Anexo 1. Esther Urieta Donos, tesis “Ipeti-Choco: Una comunidad Indígena de Panamá afectada por una Presa Hidroeléctrica”. Universidad Veracruzana, Facultad de Antropología, 1994. pp. 30-31. Anexo C del escrito de observaciones adicionales sobre el fondo de los peticionarios, recibido por la CIDH el 18 de diciembre de 2009.

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