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Declaración Americana, interpretadas a la luz de las normas del Convenio 169 de la Organización
Internacional de Trabajo, de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas, del Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y otras
fuentes relevantes, conformando un corpus iuris coherente que define las obligaciones de los Estados
280
Miembros de la OEA en relación con la protección de los derechos de propiedad indígenas . Al
respecto, la CIDH ha afirmado que los pueblos indígenas y tribales tienen un derecho de propiedad
comunal sobre las tierras que han usado y ocupado tradicionalmente, y “el carácter de ese derecho está
281
en función de las modalidades de uso de la tierra y la tenencia consuetudinaria de la tierra” . En este
mismo sentido, la Corte Interamericana ha señalado que “entre los indígenas existe una tradición
comunitaria sobre la forma comunal de la propiedad colectiva en el sentido de que la pertenencia de ésta
282
no se centra en un individuo sino en el grupo y su comunidad” .
193.
Además de la concepción colectiva de la propiedad, los pueblos indígenas tienen una
relación especial, única e internacionalmente protegida con sus territorios ancestrales, que está ausente
en el caso de los no indígenas. Esta relación especial y única entre los pueblos indígenas y sus
territorios tradicionales tiene protección jurídica internacional. Según han afirmado la CIDH y la Corte
Interamericana, la preservación de la conexión particular entre las comunidades indígenas y sus tierras y
recursos se vincula a la existencia misma de estos pueblos, y por lo mismo “amerita medidas especiales
283
de protección” . El derecho a la propiedad de los pueblos indígenas y tribales protege esta vinculación
estrecha que guardan con sus territorios y con los recursos naturales ligados a su cultura que allí se
284
encuentran .
194.
El derecho al territorio comprende el uso y disfrute de sus recursos naturales, y tiene
vinculación directa, incluso como pre-requisito, con los derechos a la existencia digna, a la alimentación,
285
al agua, a la salud y a la vida . Por esta razón, ha señalado la CIDH que “la relación que cada
comunidad indígena mantiene con sus tierras y recursos se encuentra protegida bajo otros derechos
280
Véase inter alia CIDH, Informe No. 75/02, Caso 11.140, Mary y Carrie Dann (Estados Unidos), 27 de diciembre de
2002, párr. 127; CIDH, Informe No. 40/04, Caso 12.053, Comunidades Indígenas Mayas del Distrito de Toledo v. Belice, 12 de
octubre de 2004, párr. 87; CIDH, Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales.
Normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. OEA/Ser.L/V/II.Doc.56/09, 30 de diciembre, 2009,
párr. 6. Corte I.D.H. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de junio de
2005. Serie C No. 125, párr. 127-129.
281
CIDH, Informe No. 40/04, Caso 12.053, Comunidades Indígenas Mayas del Distrito de Toledo v. Belice, 12 de octubre
de 2004, párr. 151. Véase inter alia CIDH, Informe No. 75/02, Caso 11.140, Mary y Carrie Dann (Estados Unidos), 27 de diciembre
de 2002, párr. 130; CIDH, Informe de Seguimiento – Acceso a la Justicia e Inclusión Social: El camino hacia el fortalecimiento de la
Democracia en Bolivia. Doc. OEA/Ser/L/V/II.135, Doc. 40, 7 de agosto de 2009, párr. 160. CIDH, Derechos de los pueblos
indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales. Normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de
Derechos Humanos. OEA/Ser.L/V/II.Doc.56/09, 30 de diciembre, 2009, párr. 75.
282
Corte I.D.H. Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua. Sentencia de 31 de agosto de 2001.
Serie C No. 79. párr. 149. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de
junio de 2005. Serie C No. 125, párr. 131; Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146. párr. 118; Caso Comunidad Indígena Xákmok Kásek. Vs. Paraguay. Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de agosto de 2010 Serie C No. 214, párrs. 85-87; Caso del Pueblo Saramaka. Vs.
Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172, párr.
85; Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y reparaciones. Sentencia de 27 de junio de 2012. Serie C No.
245, párr. 145.
283
CIDH, Informe No. 75/02, Caso 11.140, Mary y Carrie Dann v. Estados Unidos, 27 de diciembre de 2002, párr. 128.
Corte I.D.H., Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni. Sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79. Párr. 149.
Véase también en: Corte I.D.H., Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146,
párr. 222.
284
CIDH, Informe de Seguimiento – Acceso a la Justicia e Inclusión Social: El camino hacia el fortalecimiento de la
Democracia en Bolivia. Doc. OEA/Ser/L/V/II.135, Doc. 40, 7 de agosto de 2009, párr. 156. Corte IDH. Caso de la Comunidad
Mayagna (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2001. Serie C No. 79,
párr. 148. Corte IDH. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de junio
de 2005. Serie C No. 125, párr. 137. Corte IDH. Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146, párrs. 118, 121.
285
CIDH, Democracia y Derechos Humanos en Venezuela, 2009. Doc. OEA/Ser.L/V/II, Doc. 54, 30 de diciembre de
2009, párrs. 1076-1080.