65
gestiones y actuaciones necesarias para reubicar a aquellos habitantes no indígenas del territorio que se
326
encuentren asentados allí .
230.
Siguiendo esta línea, la CIDH ha establecido que los Estados están obligados a
“adopt[ar] medidas para delimitar, demarcar y titular o aclarar y proteger por otra vía las correspondientes
tierras del pueblo [indígena], sin perjuicio para otras comunidades indígenas y, hasta tanto se adopten
tales medidas, [abstenerse] de todo acto que pueda dar lugar a que agentes del propio Estado o terceros
actuando con aquiescencia o tolerancia de éste, afecte la existencia, el valor, el uso o goce de los bienes
327
ubicados en la zona geográfica ocupada y usada por el pueblo [indígena]” . La CIDH ha calificado las
invasiones e intrusiones ilegales de pobladores no indígenas como amenazas, usurpaciones y
reducciones de los derechos a la propiedad y posesión efectiva del territorio por los pueblos indígenas y
328
tribales, que el Estado está en la obligación de controlar y prevenir .
231.
Asimismo, el desarrollo jurisprudencial del sistema interamericano de derechos humanos
sobre el derecho de propiedad comunal de los pueblos indígenas ha incorporado explícitamente en el
ámbito material de este derecho los recursos naturales tradicionalmente usados por los pueblos
indígenas y vinculados a sus culturas, incluyendo usos tanto estrictamente materiales como otros usos
de carácter espiritual o cultural. Al respecto, la Corte Interamericana ha señalado que:
El derecho a usar y gozar del territorio carecería de sentido en el contexto de los miembros de
los pueblos indígenas y tribales si dicho derecho no estuviera conectado con los recursos
naturales que se encuentran dentro del territorio. Por ello, el reclamo por la titularidad de las tierras
de los integrantes de los pueblos indígenas y tribales deriva de la necesidad de garantizar la
seguridad y la permanencia del control y uso de los recursos naturales por su parte, lo que a su
329
vez, mantiene ese estilo de vida .
232.
Según la jurisprudencia de la Corte Interamericana, “los integrantes de los pueblos
indígenas y tribales tienen el derecho de ser titulares de los recursos naturales que han usado
tradicionalmente dentro de su territorio por las mismas razones por las cuales tienen el derecho de ser
titulares de la tierra que han usado y ocupado tradicionalmente durante siglos. Sin ellos, la supervivencia
330
económica, social y cultural de dichos pueblos está en riesgo” . De este modo, el derecho de los
pueblos indígenas a la propiedad, el acceso y la utilización de los recursos naturales presentes en sus
territorios tradicionales se encuentra estrechamente vinculado a la supervivencia de los pueblos
indígenas como pueblos diferenciados, teniendo en cuenta aspectos tanto de subsistencia material como
de supervivencia cultural. Como ha afirmado la Corte, “esta conexión entre el territorio y los recursos
naturales que han usado tradicionalmente los pueblos indígenas y tribales y que son necesarios para su
326
CIDH, Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales. Normas y
jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. OEA/Ser.L/V/II.Doc.56/09, 30 de diciembre, 2009, párr. 114.
327
CIDH, Informe No. 40/04, Caso 12.053, Comunidades Indígenas Mayas del Distrito de Toledo v. Belice, 12 de octubre
de 2004, párr. 197 – Recomendación 2.
328
CIDH, Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Brasil. Doc. OEA/Ser.L/V/II.97, Doc. 29 rev. 1, 29 de
septiembre de 1997, Capítulo VI, párrs. 33, 40. CIDH, Derechos de los pueblos indígenas y tribales sobre sus tierras ancestrales y
recursos naturales. Normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. OEA/Ser.L/V/II.Doc.56/09, 30 de
diciembre, 2009, párr. 114.
329
Corte IDH. Caso del Pueblo Saramaka. Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172. Corte IDH. Caso Comunidad Indígena Yakye Axa Vs. Paraguay. Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de junio de 2005. Serie C No. 125, párrs. 124, 137. Corte IDH. Caso Comunidad Indígena
Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146, párrs. 118, 121.
Corte IDH. Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y reparaciones. Sentencia de 27 de junio de 2012.
Serie C No. 245. párr. 146.
330
Corte IDH. Caso del Pueblo Saramaka. Vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 28 de noviembre de 2007. Serie C No. 172. párr. 121. Véase también Corte IDH. Caso Comunidad Indígena Yakye
Axa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia 17 de junio de 2005. Serie C No. 125, párr. 137. Corte IDH. Caso
Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C
No. 146, párr. 118. Corte IDH. Caso Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador. Fondo y reparaciones. Sentencia de 27 de
junio de 2012. Serie C No. 245. párr. 147.