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el lugar en donde se encontraba recluido y solicitó los antecedentes penales del sindicado en los
Juzgados Penales del distrito33.
90.
El día 15 de octubre de 1992 el Juzgado Tercero de lo Penal solicitó al Juzgado Primero y
Segundo de lo Penal de Esmeraldas el certificado de antecedentes penales del funcionario policial
involucrado34.
91.
En la misma fecha, dicho funcionario policial Guillermo Cortez envió una comunicación
al Juez Tercero penal solicitándole revocar la orden de traslado por no haberse tomado en cuenta que es
policía nacional y, como tal, ha participado permanentemente en la represión de la delincuencia35. Ese
mismo día, el Juzgado Tercero de lo Penal emitió oficio dejando sin efecto el traslado y manteniendo al
señor Cortez bajo custodia de la policía36.
92.
Asimismo, en igual fecha, la madre de José Luis García Ibarra envió escrito a la autoridad
judicial de conocimiento indicándole que el policía Guillermo Cortez tenía antecedentes penales y un
historial de abuso de poder. La señora Ibarra agregó que dicho funcionario había disparado a un civil
hiriéndole en la columna vertebral, dejándolo paralítico. Sobre este hecho la señora Ibarra aportó al
juez un registro fotográfico37. El 27 de octubre de 1992 la señora Ibarra reiteró esta información38.
93.
El 29 de octubre de 1992 se realizó el Acta de Reconocimiento Judicial del Lugar de los
Hechos en el cual se registró la información de la ubicación de casas cercanas, un solar, una cruz de
madera de color blanco y el árbol donde murió el joven José Luis García Ibarra39.
94.
El día 6 de noviembre de 1992 el Juez Penal ordenó el reconocimiento médico legal de
Segundo Rafael Mosquera Sosa40, el cual se realizó a más de dos meses después de ocurridos los hechos
el 19 de noviembre de 199241.
95.
El 28 de diciembre de 1992 se ordenó el cierre del sumario, acto que fue objetado por el
policía Cortez y que fue posteriormente revocado el 4 de enero de 199342.
33
Anexo 23. Auto de 14 de octubre de 1992 emitido por el Juzgado Tercero de lo Penal de Esmeraldas (Anexo al
escrito de los peticionarios del 19 de junio de 2009).
34
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 47 Tomo II.
35
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 48 Tomo II.
36
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 49 Tomo II.
37
Según escrito de los peticionarios a la CIDH de fecha 11 de marzo de 1996, en el caso del disparo contra Luis
Evangelista Marquez, Guillermo Cortez fue absuelto por un juzgado de policía.
38
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 59 Tomo II.
39
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 63 Tomo II.
40
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 64 Tomo II.
41
Anexo 14. Auto de reconocimiento médico legal de Segundo Mosquera Sosa (Anexo al escrito de los peticionarios
del 19 de junio de 2009).
42
Anexo 12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 79. Tomo II; y Anexo
12. Expediente judicial. (Aportado por los peticionarios el 10 de enero de 2013). Folio 82. Tomo II