29 Reparación por concepto de Daño Inmaterial Víctima y sus familiares Cantidad José Carlos Trujillo Oroza (víctima) US$100.000,00 Gladys Oroza de Solón Romero US$80.000,00 (madre) Walter Solón Romero Gonzáles US$25.000,00 (padre adoptivo) Pablo Erick Solón Romero Oroza US$20.000,00 (hermano) Walter Solón Romero Oroza US$20.000,00 (hermano) MONTO TOTAL US$245.000,00 C) OTRAS FORMAS DE REPARACIÓN 90. En este apartado el Tribunal entrará a determinar aquellas medidas de compensación del daño inmaterial que no tienen alcance pecuniario. Alegatos de los representantes de la víctima y sus familiares 91. Los representantes de la víctima y sus familiares solicitaron a la Corte que ordenara las siguientes medidas de satisfacción: a) investigación sobre el paradero del desaparecido y devolución de su cuerpo. Bolivia debe realizar como mínimo ciertas acciones concretas. Una de las medidas es generar un mecanismo efectivo de investigación judicial, ya que las investigaciones realizadas para esclarecer los hechos del presente caso no han avanzado. Solicitan la creación de una Comisión Especial Mixta de Investigación, encabezada por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados e integrada por representantes de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos y la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASOFAMD). El Estado debe destinar un presupuesto suficiente para los trabajos de esta Comisión Mixta. La obligación de investigar y sancionar a los responsables de los hechos y la obligación de investigar el paradero del desaparecido y devolver el cuerpo a la familia tienen objetivos específicos diferentes. La entrega de los restos mortales no necesariamente debe estar vinculada con el avance de un proceso judicial; b) investigación y sanción efectiva de los autores y encubridores de los hechos. El Estado debe investigar y aplicar las sanciones pertinentes a todos los que hicieron posible, por omisión o comisión, que prevaleciera la impunidad en delitos contra derechos humanos. No ha habido una única investigación, sino varias que han quedado interrumpidas durante distintas etapas del proceso a nivel interno. Los representantes de la víctima y sus familiares presentaron una lista de personas a las cuales el Estado debe solicitarles que rindan declaración. Informaron que el 27 de marzo de 2000 el Juzgado Quinto de

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