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128. Por otra parte, la prueba del expediente indica que Rosa González Tecú, de diez años de
edad y su madre Enriqueta Tecú, Luciano Alvarado Xitumul, Héctor Rolando Alvarado García, de dos
años de edad, Adela Florentina Alvarado García, de un año de edad, Luciana Xitumul Ixpancoc 181, María
Concepción Xitumul Xitumul de cinco años de edad y niña de nombre desconocido entre 0 y 3 meses de
edad; abandonaron la aldea Xeabaj debido a la “situación de violencia” y se refugiaron en una choza
cercana que servía para el corte y elaboración de panela182. El 2 de marzo de 1983, alrededor de las 5:00
a.m., miembros del Ejército Nacional localizaron a las presuntas víctimas en dicha choza y procedieron a
asesinarlas mediante armas de fuego y machetazos183. Los cuerpos de las presuntas víctimas fueron
enterrados en una fosa clandestina184.
2.2.12. La ejecución de los hermanos Grave García el 22 de octubre de 1983 y situación
posterior de Juana García de Paz
129. Conforme a los testimonios, el 22 de octubre de 1983 a las 5:00 a.m. llegaron cerca de
doscientos soldados del Ejército Nacional a la montaña Cumatzá de Alvarado, ubicada entre las
comunidades de Chichupac y Xeabaj del municipio de Rabinal185.
130. Eusebia Grave García, de 19 años de edad, fue encontrada en una quebrada de agua
cuando se estaba bañando en la aldea Chichupac por parte del Ejército Nacional y las Patrullas de
Autodefensa Civil186. Su hermano José León Grave García de 17 años, quien se encontraba desayunando
en ese momento, intentó huir pero lo hirieron con armas de fuego187. Ambos fueron torturados y
asesinados. Su madre Juana García Depaz indicó que a José León le “cortaron su pene, su oreja, su nariz,
le abrieron su cuerpo”188.
181
Las seis presuntas víctimas fueron identificadas en: Anexo 21. Comunicación de la Fundación de Antropología
Forense de Guatemala, de fecha 6 de octubre de 2004. Expediente No. 1378-97. Anexo 14 a la comunicación de los
peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
182
Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de
1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
183
Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de
1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007; Anexo 21. Comunicación de la Fundación de
Antropología Forense de Guatemala, de fecha 6 de octubre de 2004. Expediente No. 1378-97. Anexo 14 a la comunicación de
los peticionarios de 13 de diciembre de 2007. Asimismo, véase: Anexo 2. CEH, Memoria del Silencio, Tomo VIII, Casos
presentados, Caso No. 13002.
184
Anexo 22. Denuncia de Francisca Gonzales Tecu ante el Procurador de Derechos Humanos, de fecha 28 de julio de
1997 Anexo 11 a la comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
185
Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la
comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
186
Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la
comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
187
Anexo 10. Declaración de Juana García Depaz, de fecha 9 de junio de 1995. Expediente No. 802-95. Anexo 7 a la
comunicación de los peticionarios de 13 de diciembre de 2007.
188
Anexo 13. Declaración jurada de Juana Garcia Depaz, de fecha 2 de noviembre de 2009. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 3 de noviembre de 2009.