56
ocasionado sufrimiento172 y han perjudicado la preservación de sus formas de vida,
costumbres e idioma173.
g)
Costas y Gastos
73.76. Los representantes de las presuntas víctimas asistieron a los miembros de la
Comunidad Sawhoyamaxa durante el trámite interno, por lo que debieron incurrir en
diversos gastos. Asimismo, los representantes incurrieron en gastos durante la
tramitación del presente caso en el procedimiento internacional174.
VIII
VIOLACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 8 Y 25 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA
(PROTECCIÓN JUDICIAL Y GARANTÍAS JUDICIALES)
EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1.1 Y 2 DE LA MISMA
Alegatos de la Comisión
74.
En relación con los artículos 8, 25, 1.1 y 2 de la Convención Americana, la
Comisión alegó que:
a) el recurso administrativo establecido en el ámbito interno para solucionar
la reivindicación de tierras de los miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa,
de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley sobre el Estatuto de las
Comunidades Indígenas, no ha sido efectivo para la solución definitiva de la
reclamación de dicha Comunidad. Tampoco han sido efectivas las gestiones
realizadas por los miembros de la Comunidad en los años 1997 y 2000 ante el
Congreso Nacional del Paraguay, a través de la presentación de los proyectos
de ley de expropiación del área reclamada;
b) la legislación paraguaya no contempla un recurso judicial efectivo,
destinado a proteger las legítimas reivindicaciones territoriales de los pueblos
indígenas del Paraguay, lo cual constituye per se una violación a la
Convención Americana;
172
Cfr. declaración de la señora Elsa Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006,
supra nota 119; declaración de la señora Mariana Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de
2006, supra nota 120; declaración de la señora Gladys Benítez Galarza rendida ante fedatario público el
17 de enero de 2006, supra nota 28; declaración del señor Pablo Balmaceda rendida ante fedatario público
el 17 de enero de 2006, supra nota 44; declaración del señor Carlos Marecos rendida ante fedatario
público el 17 de enero de 2006, supra nota 27, y declaración del señor Leonardo González Fernández
rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 145.
173
Cfr. declaración de la señora Elsa Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006,
supra nota 119; declaración de la señora Mariana Ayala rendida ante fedatario público el 17 de enero de
2006, supra nota 120; declaración de la señora Gladys Benítez Galarza rendida ante fedatario público el
17 de enero de 2006, supra nota 28; declaración del señor Pablo Balmaceda rendida ante fedatario público
el 17 de enero de 2006, supra nota 44; declaración del señor Carlos Marecos rendida ante fedatario
público el 17 de enero de 2006, supra nota 27; declaración del señor Leonardo González Fernández
rendida ante fedatario público el 17 de enero de 2006, supra nota 145, y libro titulado “Atlas de las
Comunidades Indígenas en el Paraguay”, Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos de la
Secretaría Técnica de Planificación de la Presidencia de la República. Paraguay, 2002. Tomo II, páginas
400 y 401.
174
Cfr. relación de gastos efectuados por la organización “TierraViva” presentada junto con los
alegatos finales escritos (expediente sobre el fondo y las eventuales reparaciones y costas, Tomo IV, folios
1112 a 1123).
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