8 V PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE 12. La Comisión presentó ante la Corte Interamericana correspondiente a este caso el 24 de enero de 2001 (supra 1). la demanda 13. La Comisión designó como sus delegados a los señores Robert K. Goldman y Víctor Abramovich y como asesora jurídica a la señora Raquel Poitevien. Además, la Comisión acreditó en calidad de asistentes a Viviana Krsticevic, de CEJIL, Andrea Pochak, del CELS y María del Carmen Verdú, de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (en adelante “CORREPI”), quienes se desempeñan también como representantes de los familiares de la presunta víctima. 14. El 6 de febrero de 2001 la Secretaría de la Corte (en adelante “la Secretaría”), siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33 y 34 del Reglamento, solicitó a la Comisión que remitiera, en un plazo de 20 días, diversas informaciones y documentación, así como ciertos anexos de la demanda que se encontraban incompletos o ilegibles. Los días 12 y 28 de febrero 2001 la Comisión envió los documentos solicitados. 15. Mediante nota de 20 de marzo de 2001, la Corte notificó al Estado la demanda y sus anexos y, a su vez, informó a éste que tenía derecho a nombrar un juez ad hoc para que participara en la consideración del caso. El 11 de abril de 2001 el Estado nombró juez ad hoc al señor Ricardo Gil Lavedra, y designó como agente al señor Alberto Pedro D’Alotto y como agente alterna a la señora María Teresa Flores. El 4 de julio de 2001 el Estado nombró, en sustitución de los anteriores, a las señoras María Rosa Cilurzo, como agente, y Andrea G. Gualde, como agente alterna. Mediante comunicación recibida el 5 de marzo de 2003, el Estado informó el nombramiento de la señora Silvia Susana Testoni como agente titular en sustitución de la señora Cilurzo. Finalmente, el 4 de julio de 2003 el señor Horacio Daniel Rosatti fue nombrado agente titular en sustitución de la señora Testoni. 16. Mediante comunicación de 18 de julio de 2001, el Estado remitió la contestación de la demanda y los anexos respectivos, varios de los cuales eran ilegibles o carecían de algunas piezas. La Secretaría de la Corte solicitó al Estado, en varias oportunidades, copia de los folios faltantes o ilegibles de los anexos de contestación de la demanda. El 14 de octubre de 2001 la Secretaría pudo remitir la contestación de la demanda y sus anexos a la Comisión. 17. El 2 de noviembre de 2001 la Comisión solicitó al Presidente la posibilidad de presentar otros actos del procedimiento escrito, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento vigente. El 8 de noviembre de 2001, el Presidente concedió a las partes la oportunidad de presentar escritos de réplica y dúplica, otorgando para tal efecto un plazo de un mes a cada parte. Dichas comunicaciones fueron presentadas el 7 de diciembre de 2001 por la Comisión y el 9 de enero de 2002 por el Estado.

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