V. CONCLUSIONES 167. En virtud de las consideraciones de hecho y derecho expuestas en el presente informe, la Comisión Interamericana concluye que el Estado de Ecuador violó los derechos consagrados en los artículos 24, 8.1 y 25.1 de la Convención Americana, en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio del Sr. Homero Flor Freire. VI. 168. ecuatoriano: RECOMENDACIONES En ese sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomienda al Estado 1. Reparar integralmente al señor Homero Flor Freire en los términos indicados en este informe, tanto en el aspecto material como moral, incluyendo medidas de satisfacción por los daños ocasionados. 2. Reconocer públicamente que el señor Homero Flor Freire fue dado de baja de la Fuerza Terrestre ecuatoriana de manera discriminatoria. 3. Adoptar las medidas estatales necesarias para asegurar que las personas que se desempeñan dentro de la Fuerza Terrestre ecuatoriana o cualquier dependencia del ejército ecuatoriano no sean discriminadas con base en su orientación sexual, real o percibida. 4. Tomar las medidas estatales necesarias para que el personal de la Fuerza Terrestre ecuatoriana o cualquier dependencia del ejército ecuatoriano, así como los juzgados de derecho en jurisdicción militar conozcan los estándares interamericanos, así como la normativa interna ecuatoriana, en cuanto a la no discriminación con base en la orientación sexual, real o percibida. 5. Adoptar las medidas estatales necesarias para que se garantice el derecho al debido proceso de militares juzgados por tribunales en procesos disciplinarios, incluyendo el derecho a un juez o tribunal imparcial. Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 4 días del mes de noviembre de 2013. (Firmado): José de Jesús Orozco Henríquez, Presidente; Tracy Robinson, Primera Vicepresidenta; Felipe González, Dinah Shelton, Rodrigo Escobar Gil, y Rose-Marie Antoine, Miembros de la Comisión. El que suscribe, Emilio Álvarez Icaza L., en su carácter de Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH. Firmado en el original Emilio Álvarez Icaza L. Secretario Ejecutivo 45

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