-68que se las sigue privando de su identidad y del contacto con su familia
biológica por la falta de cumplimiento de su deber de investigar lo sucedido; y
b)
la madre y la hermana de Erlinda y Ernestina Serrano Cruz han sufrido
desde el momento en que ocurrió la desaparición forzada. La falta de
conocimiento sobre el paradero de las presuntas víctimas es causa de
profunda angustia para sus parientes, quienes desconocen dónde se
encuentran estas últimas y si están bien, “cuestión sobre la cual ninguna
autoridad les ha brindado información”.
Alegatos de los representantes de las presuntas víctimas y sus familiares
109.
En cuanto al artículo 5 los representantes indicaron que:
a)
los familiares de las niñas Erlinda y Ernestina Serrano Cruz han sufrido
frustración e impotencia ante la abstención de las autoridades públicas de
investigar los hechos; y
b)
“si para cualquier persona adulta representa un trauma huir de su casa
con el fin de salvar su vida, buscar desesperadamente refugio en un lugar
seguro y separarse de su familia, para estas niñas debió haber sido una
experiencia extremadamente difícil, la cual se prolongó en el tiempo, puesto
que nunca fueron llevadas con su familia y, lo que es peor, se ignora su
paradero”.
Alegatos del Estado
110.
En cuanto al artículo 5 el Estado señaló que:
a)
“las niñas pudieron haber sufrido algún daño en su integridad personal
cuando los supuestos hechos ocurrieron, pero en todo caso dicho sufrimiento
no fue ocasionado voluntaria, deliberada ni culposamente por agentes del
Estado”.
Las niñas fueron encontradas abandonadas en medio de un
combate, por lo que si el Ejército procedió a recogerlas y llevárselas es una
conducta del todo permitida y obligatoria en un conflicto armado, que no
implica una custodia de niños en virtud de una detención, sino que responde
a la obligación del Ejército de evacuar a los menores abandonados y
huérfanos entregándolos a la Cruz Roja de conformidad con el Derecho
Humanitario. En este sentido, el Estado, luego de “recoger [a las niñas] de su
abandono, de una forma casi inmediata las subió a un helicóptero y se las
entregó a un vehículo de la Cruz Roja”;
b)
las declaraciones de la madre y de la hermana de las presuntas
víctimas concuerdan en que éstas fueron abandonadas por sus familiares; y
c)
si bien el desconocimiento sobre el paradero de una persona es causa
de profunda angustia para sus parientes, en el presente caso dicho
sufrimiento no es imputable al Estado, ya que se ha probado que un
organismo humanitario fue el que se encargó del cuidado de las niñas Serrano
Cruz. Dicho organismo se comunicó directamente con la madre de las
presuntas víctimas. La falta de archivos que permitan determinar la ubicación