-10cocinero, se dedica a la elaboración de manualidades y se encuentra estudiando la última fase de alfabetización. 23. Que los representantes manifestaron que el 6 de abril de 2007 entró en vigencia la Ley del Régimen del Sistema Penitenciario. Sin embargo, a diciembre de 2007 no se había implementado, pues no se había asignado el presupuesto ni dictado los reglamentos necesarios. Asimismo, sostuvieron que dicha ley incumple con los estándares internacionales pues se establecen Centros de Máxima Seguridad donde no existen programas de reinserción social y se delega en la autoridad penitenciaria la reglamentación de dicho régimen. En referencia al señor Fermín Ramírez, indicaron que en el sector donde se encuentra recluido escasea el agua permanentemente y el número de sanitarios es insuficiente. Además, el centro no cuenta con ningún programa laboral, de capacitación profesional o de talleres. Los trabajos de manualidades los realiza en forma autogestionada, así como los programas educativos. Asimismo, no se le permite realizar actividades al aire libre. 24. Que la Comisión tomó nota de las importantes reformas llevadas a cabo por el Estado en este ámbito, pero consideró que su efectividad y el cumplimiento de lo ordenado por este Tribunal debe ser valorado a partir de la aplicación de la nueva legislación y el efectivo mejoramiento de las condiciones carcelarias generales. Asimismo, consideró que el Estado debe proporcionar información más detallada y actualizada. 25. Que esta Presidencia observa que el Estado ha realizado gestiones y avances para el cumplimiento de esta obligación, pero que es oportuno recibir mayor información para establecer el cumplimiento de este punto. B) Respecto al caso Raxcacó Reyes 26. Que en cuanto a la modificación del artículo 201 del Código Penal (punto resolutivo quinto de la Sentencia), el Estado no ha presentado información. 27. Que los representantes indicaron que “no existe en el Congreso […] ningún proyecto de ley encaminado a modificar el artículo 201”. 28. Que la Comisión quedó a la espera de mas información al respecto. 29. Que esta Presidencia considera que el Estado debe informar sobre las medidas que ha adoptado para dar cumplimiento a este punto de la Sentencia. * * * 30. Que en lo referente a que el Estado deberá abstenerse de aplicar la pena de muerte y ejecutar a los condenados por el delito de plagio o secuestro (punto resolutivo sexto de la Sentencia), el Estado indicó que un condenado a pena de muerte obtuvo su libertad2, conmutó la pena de muerte por pena privativa de la libertad a dos condenados3, decretó la suspensión provisional de la pena de muerte a 2 El señor Ramiro Geovanny Marroquín. Los representantes alegaron que esta información no es correcta y que el señor Marroquín se encuentra a la espera de la ejecución de la sentencia dictada en su contra. 3 Los señores Marvín Arnoldo Ramos Rosales y Pablo Arturo Ruiz Almengor.

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