30. Con fundamento en los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos y sin prejuzgar
sobre el fondo de la cuestión,
LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
DECIDE:
1. Declarar admisible el caso bajo estudio, en relación con los artículos 1(1), 2, 4, 5, 8, 21 y
25 de la Convención Americana.
2. Notificar esta decisión al Estado y al peticionario.
3. Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión.
4. Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual, a ser presentado ante la Asamblea
General de la OEA.
Dado y firmado en la sede de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la ciudad
de Washington, D.C., a los 6 días del mes de marzo de 2003. (Firmado): Marta Altolaguirre,
Presidenta; José Zalaquett, Primer Vicepresidente; Clare Kamau Roberts, Segundo
Vicepresidente; Comisionados: Robert K. Goldman, Juan Méndez, Julio Prado Vallejo y Susana
Villarán.
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