41 z) el 7 de noviembre de 2000 el Estado declaró nula la “resolución directoral” que dejó sin efecto legal el título de nacionalidad del señor Ivcher69; aa) el 15 de noviembre de 2000 el Perú aceptó cumplir con las recomendaciones formuladas en el Informe No. 94/98 de la Comisión Interamericana70; y bb) la Comisión Interamericana presentó elementos para acreditar gastos y costas en la tramitación del presente caso y la Corte se reservó la atribución de valorarlos71. de julio de 1998; auto apertorio de 19 de junio de 1998, referente al expediente No. 98-0030-0101JT01, emitido por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros; auto apertorio de 19 de octubre de 1998, referente al expediente No. 2269-98-SDTA, emitido por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros; denuncia presentada el 16 de noviembre de 1998, por la Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, mediante la cual formaliza denuncia penal contra Michal Ivcher Even y amplía la realizada contra Baruch Ivcher Bronstein, Neomy Even de Ivcher y Alberto José Cabello Ortega; auto apertorio de 18 de noviembre de 1998, referente al expediente No. 2269-98, emitido por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, mediante el cual se ordenó embargo preventivo contra los bienes de los procesados; orden de captura emitida el 30 de noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, en contra de Baruch Ivcher Bronstein, Neomy Even de Ivcher y Michal Ivcher Even, dirigida al Director Nacional de la Policía Judicial; orden de impedimento de salida del país emitida el 30 de noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, en contra de Baruch Ivcher Bronstein, Neomy Even de Ivcher y Michal Ivcher Even, dirigida al Director Nacional de la Policía Judicial; orden de captura emitida el 30 de noviembre de 1998, por el Juzgado Penal Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros, en contra de Baruch Ivcher, Neomy de Ivcher y Michal Ivcher Even, dirigida al Jefe de la OCN INTERPOL Lima; notificación judicial de 9 de noviembre de 1998 emitida por el Secretario del Juzgado Especializado en Delitos Tributarios y Aduaneros respecto de la citación realizada a Emilio Rodríguez Larraín; citación judicial de número y fecha ilegible, dirigida a Enrique Elías Laroza por parte de la Dirección Nacional de Policía Judicial; testimonio de Baruch Ivcher Bronstein rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Julio Sotelo Casanova rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Rosario Lam Torres rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Emilio Rodríguez Larraín rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; y artículo periodístico. 68 Cfr. Cinta de vídeo de la denuncia difundida por el programa Contrapunto del Canal 2, referente a amenazas y hostigamientos recibidos por periodistas; testimonio de Luis Iberico Núñez rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Baruch Ivcher Bronstein rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Julio Sotelo Casanova rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Rosario Lam Torres rendido ante la Corte Interamericana el 20 de noviembre de 2000; testimonio de Fernando Rospigliosi Capurro rendido ante la Corte Interamericana el 21 de noviembre de 2000; cinta de vídeo titulada “El caso Ivcher-canal 2”, contentiva de la denuncia difundida por el programa Contrapunto sobre diferentes actos de acoso a Baruch Ivcher Bronstein, a los periodistas y a la libertad de expresión. 69 Cfr. “Resolución Ministerial” No. 1432-2000-IN, adoptada el 7 de noviembre de 2000, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 8 de los mismos mes y año, titulada “Declaran nula la R.D. No. 117-97IN-050100000000 que dejó sin efecto legal título de nacionalidad peruana”. 70 Cfr. “Resolución Suprema” No. 254-2000-JUS, adoptada el 15 de noviembre de 2000, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 16 de los mismos mes y año, titulada “Aceptan recomendaciones formuladas en el informe 94-98 emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”. 71 Cfr. Expediente: “SEPTIEMBRE 1997 - DICIEMBRE 2000 / Gastos efectuados como consecuencia de la persecución y acoso político del señor Baruch Ivcher”, contiene 28 anexos; expediente: “ENERO 1999 - DICIEMBRE 2000 / Gastos extraordinarios efectuados directamente por Productos Paraíso del Perú S.A.C. como consecuencia de la persecución y acoso político del señor Baruch Ivcher”, contiene 40 anexos; expediente: “SEPTIEMBRE 1997 - DICIEMBRE 1998 / Gastos extraordinarios efectuados directamente por Productos Paraíso del Perú S.A.C. como consecuencia de la persecución y acoso político del señor Baruch Ivcher”, contiene 16 anexos.

Seleccionar párrafo de destino3