deben adoptar medidas específicas para asegurar que la protección judicial sea efectiva; d) los recursos judiciales disponibles teóricamente en el ordenamiento jurídico han probado ser completamente ilusorios en el presente caso, dado que las víctimas nunca han logrado obtener una investigación adecuada de del ataque a la aldea de Moiwana, a pesar que ocurrieron múltiples crímenes que requerían investigación de oficio, incluyendo, pero sin limitarse a, homicidio, agresión y destrucción de propiedad; e) los únicos esfuerzos para llevar a cabo una investigación en el presente caso, encabezados por el inspector Gooding, alcanzaron una etapa en la que varios miembros de las fuerzas armadas fueron arrestados, sólo para ser liberados por la policía militar; f) a pesar de que esta acción del ejército para liberar a los soldados detenidos implicó un incumplimiento abierto y notorio del rol y autoridad de la policía militar, no se impuso a esta acción ninguna sanción oficial. Al contrario, la investigación del ataque a la Comunidad Moiwana fue suspendida después del homicidio del inspector Gooding, en circunstancias que nunca se han aclarado. De esta manera, las autoridades responsables de llevar a cabo una investigación han sido intimidadas o se les ha impedido directamente aplicar la debida diligencia en la investigación del ataque; g) adicionalmente a la obligación del Estado de investigar de oficio cuando existe la sospecha de violaciones de derechos humanos, la ley surinamés establece el derecho de la víctima de intervenir como parte en una investigación penal. Las presuntas víctimas, entonces, tenían un derecho civil fundamental de ir ante las cortes, y de esa manera jugar un rol importante en impulsar el caso penal; sin embargo, ese derecho no se puede realizar cuando se obstruye el proceso de investigación; h) los familiares tienen derecho a conocer los hechos y circunstancias relativos al destino de sus seres queridos. También tienen derecho a una investigación judicial llevada a cabo por una corte penal designada para establecer responsabilidades por violaciones de derechos humanos; i) la ley de amnistía adoptada por el Estado promueve el clima de impunidad que prevalece en Suriname después del ataque a la Comunidad Moiwana. Dado que las iniciativas de investigación nunca alcanzaron la etapa de acusación, la ley de amnistía no ha sido aplicada en este caso. Sin embargo, existen elementos probatorios que sugieren que la ley tuvo el efecto de indicar a funcionarios relacionados con el caso que los responsables de las violaciones cometidas durante ese período de tiempo no serían llamados a rendir cuentas; y j) la ley de amnistía sigue siendo interpretada por muchos en el sentido de ser un obstáculo para la aplicación de cualquier medida para identificar, perseguir penalmente y sancionar a los responsables del ataque a la aldea de Moiwana y, de esa forma, contribuye a la impunidad en Suriname, tanto en el presente caso como en otros. 59

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