11 consideración al momento de evaluar la idoneidad y efectividad de las medidas de reparación dispuestas por un Estado para responder a una situación estructural de denegación de justicia frente a un contexto de ceses colectivos en la función pública”, en lo pertinente para el presente caso. 2. Requerir a los intervinientes comunes y al Estado que remitan, de considerarlo pertinente, en lo que les corresponda y en el plazo improrrogable que vence el 22 de septiembre de 2014, las preguntas que estimen pertinentes formular a través de la Corte Interamericana a los declarantes indicados en el punto resolutivo primero de la presente Resolución. Las declaraciones requeridas en el punto resolutivo primero deberán ser presentados al Tribunal a más tardar el 13 de octubre de 2014. 3. Requerir a los intervinientes comunes y a la Comisión que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas de la contraparte, los declarantes incluyan las respuestas en sus respectivas declaraciones ante fedatario público. 4. Disponer que, una vez recibidas las declaraciones requeridas en el punto resolutivo primero, la Secretaría de la Corte Interamericana los transmita al representante, al Estado y a la Comisión para que presenten sus observaciones, a más tardar con sus alegatos u observaciones finales escritos, respectivamente. 5. Convocar a la República del Perú, a los intervinientes comunes y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y costas que se celebrará durante el 105 Período Ordinario de Sesiones, que se llevará a cabo en la sede de la Corte en San José de Costa Rica, el 17 de octubre de 2014, a partir de las 9:00 horas, así como para recibir las declaraciones de las siguientes personas: A. Presunta víctima Propuesta por los Defensores Interamericanos 1. María Gracia Barriga Oré, presunta víctima, quien declarará sobre “las diversas situaciones personales por las cuales han tenido que atravesar en la concreción de sus sucesivos reclamos judiciales, realizados con el fin de revertir sus ceses laborales irregulares como funcionarios de carrera del Congreso de la República del Perú"; "el trato recibido por las autoridades estatales”, y el presunto “impacto que todo ello tuvo en los distintos ámbitos de sus vida personal y la de los miembros de su familia". B. Perito Propuesta por el señor Castro Ballena 1. Lourdes Flores Nano, Abogada y ex Parlamentaria Nacional, quien declarará respecto a “los hechos acaecidos y sus efectos en el contexto sociopolítico durante la década de los años 90 en el Perú”, así como “el desarrollo de la legislación laboral existente”, en lo relevante para el presente caso. C. Testigo Propuesto por el Estado

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