1. Declarar admisible la petición bajo estudio, con relación a los artículos 2, 8, 13 y 25 de la Convención Americana en conexión con el artículo 1.1 del mismo instrumento. 2. Declarar inadmisible la petición bajo estudio, con relación a los artículos 7, 11, 22 y 24. 3. Notificar esta decisión al Estado y al peticionario. 4. Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión. 5. Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual, a ser presentado a la Asamblea General de la OEA. Dado y firmado a los 8 días del mes de septiembre de 2009. (Firmado): Felipe González, Segundo Vicepresidente; Sir Clare K. Roberts, Paulo Sérgio Pinheiro, Florentín Meléndez y Paolo G. Carozza, Miembros de la Comisión. 23

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