llamadas amenazantes y que las autoridades militares se negaban a declarar ante la PTJ, pese a reiteradas citaciones39. El 16 de marzo siguiente, los padres del señor Ortiz presentaron también una denuncia ante el Tribunal Militar de Guasdualito40 y el 27 de marzo siguiente reiteraron su solicitud ante la Fiscalía41. Asimismo, el 31 de marzo de 1998 los peticionarios solicitaron al Inspector General de las Fuerzas Armadas Nacionales que ordenara la apertura de una investigación por los hechos. 55. El 1 de abril de 1998 los peticionarios consignaron copia de un papel encontrado en la ropa de Johan Alexis Ortiz y relataron que su hijo les había comentado que “junto a otros cinco alumnos estaban por su cuenta averiguando sobre la muerte de [un] alumno ocurrida el año pasado”. Informaron que habían recibido una llamada anónima donde les decían que la muerte de su hijo “tenia (sic) relación con la muerte [ese] alumno” y pidieron que se tuviera en cuenta dicha información dentro de la investigación42. 56. El 3 de abril 1998 la Dirección de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República informó a los padres que, en respuesta a su denuncia de 10 de marzo, se había oficiado al Ministerio de la Defensa para que ordenara una averiguación por los hechos denunciados43. 57. El 6 de abril de 1998 los peticionarios acudieron al Tribunal Militar y habían sido informados por dicha autoridad y el Fiscal que el caso había sido un “lamentable accidente” 44. En dicha oportunidad, solicitaron verbalmente que se realizara la exhumación del cadáver. Sin embargo, fueron informados que no era recomendable pues ya el cadáver había pasado a la fase de licuefacción y no se iba a poder determinar la trayectoria de los proyectiles. Asimismo, relataron al Juez y Fiscal Militar la información sobre la supuesta relación que tenía su hijo con la esposa de un oficial militar, a lo que según denunció el señor Ortiz, el Fiscal Militar pidió que “no le comentara a nadie”45. 58. El 29 de abril de 1998 los peticionarios solicitaron al Ministro de Defensa que se designara un juez instructor y fiscal militar especial en el caso, que se removiera al Fiscal Militar asignado por ser funcionario de la Guardia Nacional y que en todo caso el expediente debía ser conocido en “otra instancia y jurisdicción”. Al respecto, denunciaron irregularidades en la instrucción adelantada por el Juzgado Militar de Guasdualito, específicamente que, “a tan sólo 22 días de interponer la denuncia”, el Tribunal adelantara una decisión “sin tener los elementos claves y básicos para el esclarecimiento del caso”46. 39 Según consta en Anexo 27. Escrito dirigido al Fiscal General de la Nación, Iván Darío Badell, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández, con fecha 10 de marzo de 1998. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000. 40 Según Anexo 22. Comunicación de 25 de mayo de 1998, dirigida al Ministro de Defensa, Vicealmirante Tito Manlio Rincón Bravo, por Zaida Hernández de Arellano y Edgar Humberto Ortiz. Anexa a la petición inicial de 15 de marzo de 2000; y Anexo 28. Comunicación de 15 de marzo de 1999, dirigida al Director General Sectorial de Justicia Militar, General de Brigada (Av.) Nerio Francisco Cáceres Hernández, suscrita por Zaida Hernández y Edgar Ortiz. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000. 41 Anexo 29. Escrito de 27 de marzo de 1998, dirigido a Iván Darío Badell, Fiscal General de la Nación, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000. 42 Anexo 30. Escrito de 1 de abril de 1998, dirigido al Teniente Coronel (Av.) Gustavo Adolfo Henriquez, Juez Militar de Guasdualito, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000. 43 Anexo 31. Oficio No. DDH-2-J-114/98/11432 de 3 de abril de 1998 de la Directora de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la República. Anexo al escrito de los peticionarios de 16 de junio de 2000. 44 Anexo 15. Informe del caso preparado por Edgar Ortiz y Zaida Hernández. Sección “Detalles relacionados con la muerte de Johan Alexis Ortiz”, pág. 16. Anexo al escrito de los peticionarios recibido el 16 de junio de 2000; y Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. 45 Según relatan en Anexo 22. Comunicación de 25 de mayo de 1998, dirigida al Ministro de Defensa, Vicealmirante Tito Manlio Rincón Bravo, por Zaida Hernández de Arellano y Edgar Humberto Ortiz. Anexa a la petición inicial de 15 de marzo de 2000; y Anexo 16. Denuncia presentada por Edgar Humberto Ortiz y Zaida Hernández ante el Presidente de la Fundación Justicia, Elias Pernia, de 5 de mayo de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. 46 Refirieron a: Balística, experticias tanto al arma incriminada como al uniforme que Johan Alexis portaba, prueba de luminol, exhumación del cadáver, testimonios claves y de excepción. Anexo 32. Escrito dirigido al Vicealmirante Tito Manlio Rincón Bravo, Ministro de la Defensa, suscrito por Edgar Ortiz y Zaida Hernández, de fecha 29 de abril de 1998. Anexo a la petición inicial de 15 de marzo de 2000. 12

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