El primero de los encausados en presentarse hizo la opción –previo acuerdo con los demás y con
la misma defensa técnica-- por el Código anterior y selló la suerte de los restantes, entre ellos la
del peticionario, por lo que los alegatos relativos a la demora en la tramitación son relativos; d)
en el sistema procesal penal argentino, tanto el escrito como el oral, se prevén recursos efectivos
ante el retardo injustificado de justicia, tal como el de queja, que es sumarísimo, y que no ha sido
utilizado ni una sola vez por el peticionario. 6
22. En el caso concreto, el Estado considera que se ha verificado la “razonabilidad de su
detención” y que la detención preventiva dictada y mantenida no es violadora del artículo 7(5) de
la Convención. 7 Respecto a la duración de la detención, el Estado alega que: a) las negativas de
excarcelación, confirmadas por la Cámara, no han tenido fundamento en el plazo de detención,
sino en otras consideraciones y circunstancias personales del denunciante, tales como el número y
la gravedad de los delitos que se le imputan, la peligrosidad demostrada al cometerlos y que por
su condición de antiguo Suboficial de la Policía Federal Argentina ha utilizado los conocimientos y
medios obtenidos en esa función para cometer los delitos; b) el artículo 10 de la Ley 24.390
contempla la posibilidad de que queden excluidos de sus beneficios los imputados cuyas penas o
agravantes sean equivalentes a las dispuestas en los incisos 7 y 11 de la Ley 23.737.8 De acuerdo
con la acusación fiscal, el peticionario se encontraría incluido en esta excepción.9 También se
encuentra encuadrado dentro del artículo 11 de la Ley 23.737, ya que uno de los secuestros
extorsivos fue cometido en perjuicio de una menor de 18 años; c) los hechos que se le imputan al
peticionario, por sus características, tuvieron amplia repercusión en el país, ya que generaron
entre sus habitantes una sensación de indefensión como si se volviera a la dictadura militar, tal
como surge de las publicaciones de la época. Por ello, la medida que pesa sobre el peticionario
tiene fundamento en una sospecha razonable de que podría evadir la acción de la justicia o podría
obstaculizar el proceso intimidando a testigos, cuyas integridades personales también se deben
asegurar.
23. El Estado señaló que no se han agotados los recursos internos en su totalidad por cuanto se
están llevando a cabo procesos judiciales que conciernen al peticionario, razón por la cual, la
petición debe declararse inadmisible en los términos del artículo 46 de la Convención.
IV.
ANÁLISIS SOBRE ADMISIBILIDAD
A.
Competencia ratione materiae, ratione personae, ratione temporis y ratione loci
de la Comisión
24. La Comisión es competente para examinar la petición presentada por el peticionario. El
peticionario sostiene que el Estado violó los derechos previstos en los artículos 5, 7, 8 y 25 de la
Convención. Los hechos alegados en la petición habrían afectado a personas físicas sujetas a la
6 "El recurso de queja podrá inteponerse: 1° Cuando el Juez deniegue los recursos de apelación y nulidad, o sólo el
primero, debiendo acordarlos. 2° Cuando deje transcurrir los plazos legales sin pronunciar la resolución que corresponda,
no tratándose de ninguno de los casos en que la demora produce la pérdida automática de la competencia. 3° Cuando no
hubiesen urgido diligencias pendientes en el caso previsto en el artículo 442”. Artículo 514 del Código de Procedimientos
en lo Criminal (Ley 2372 de 1888) de Argentina.
7 El Estado cita el Informe Nº 12/96, Argentina, caso 11.245, 1º de marzo de 1996, Comisión IDH., párr. 69 y 70
8 El artículo 10 de la Ley 24.390 (Boletín Oficial 22/11/94) señala: “Quedan expresamente excluidos de los alcances de la
presente ley los imputados por el delito previsto en el art. 7 de la Ley 23.737 y aquellos a quienes resultaren aplicables las
agravantes previstas en el art. 11 de la misma ley”.
9 El Estado cita la acusación Fiscal: “Que se le imputa ser responsable del delito de asociación ilícita en concurso real con
el delito de secuestro extorsivo reiterado en cuatro oportunidades en concurso con el delito de ocultación de una persona
con el fin de obligar a la víctima o a un tercero a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad, con el resultado de
muerte de la persona ofendida, por los que la fiscalía solicita la pena de reclusión perpetua, inhabilitación absoluta y
perpetua y demás accesorias legales”.
6