2.
Declarar inadmisible la petición bajo estudio, con relación
al derecho consagrado en el artículo 24 de la Convención Americana y al
derecho consagrado en el artículo 9 del Protocolo de San Salvador.
3.
Notificar esta decisión al Estado y a los peticionarios.
4.
Iniciar el trámite sobre el fondo de la cuestión.
5.
Publicar esta decisión e incluirla en el Informe Anual, a ser
presentado a la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 19 días del mes
de marzo de 2009. (Firmado): Luz Patricia Mejía Guerrero, Presidenta;
Víctor E. Abramovich, Primer Vicepresidente; Felipe González, Segundo
Vicepresidente; Sir Clare K. Roberts, Paulo Sérgio Pinheiro, Florentín
Meléndez y Paolo Carozza, Miembros de la Comisión.
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