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posicionarme, por medio del presente Voto Disidente, en contra de esta visión, en mi
entender, indebidamente permisiva, de la mayoría de la Corte, y de presentar los
fundamentos jurídicos de mi firme posición discrepante al respecto. Finalmente, tal como
señalé en mi Voto Razonado (párr. 7) en la anterior Sentencia de fondo y reparaciones en el
presente caso de los Trabajadores Cesados del Congreso, en mi entendimiento todos los
derechos humanos, inclusive los derechos económicos, sociales y culturales, son pronta e
inmediatamente exigibles y justiciables, y la mejor forma de empezar a dar expresión concreta
a esta postura doctrinal es a partir de la garantía del acceso a la justicia, tal como he buscado
sostener y fundamentar en el presente Voto Disidente.
Antônio Augusto Cançado Trindade
Juez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario